Estos son los puntos salientes de la iniciativa:
Disolución
de la actual Secretaria de Inteligencia
"Esta es una deuda de la democracia. Tal vez me toca a mí hacer la
reforma. Hemos visto una suerte de calesita permanente de fiscales, jueces,
medios de comunicación, que evidentemente ha quedado a descubierta y que hay
que cortar de cuajo", dijo Cristina al anunciar el cese de la SI y el
envío del proyecto de nueva Agencia Federal de Inteligencia.
Creación
de la Agencia Federal de Inteligencia
El nuevo organismo, que seguirá dentro de la órbita del Poder Ejecutivo,
tendrá, sin embargo, un director y un subdirector que, si bien serán designados
por el PE, deberán pasar por la aprobación del Congreso.
Las
tareas
El proyecto establece que el trabajo de la inteligencia nacional consiste en la
obtención, reunión, sistematización y análisis de la información específica
referida a hechos, riesgos y conflictos que afecten la seguridad de la Nación y
sus habitantes. Y tipifica, específicamente, en qué consiste cada hecho para la
prevención de amenazas internacionales provenientes del terrorismo, el
narcotráfico, el tráfico de armas, la trata de personas, los cyber-delitos y
los delitos contra el orden económico y financiero, como así también toda otra
forma de criminalidad organizada en forma internacional. Además, se dispone que
las actividades de inteligencia interna quedaran fijas a delitos federales
graves. Se establece, también, que la Agencia será el órgano superior de estas
tareas.
Sistema
de Observaciones Judiciales
La Agencia Federal de Inteligencia será el órgano superior que estará a cargo
de las tareas vinculadas con las escuchas que ordenen los jueces. Se establece,
además, la transferencia a la Procuración del Ministerio Fiscal, del Sistema de
Observaciones Judiciales que hasta ahora estaba en el ámbito del Poder
Ejecutivo.
El
anuncio de Cristina
En su mensaje, Cristina explicó esta medida en función de que el Ministerio
Público Fiscal es el único Ministerio extra-poder, es decir, que no
depende de ninguno de los tres poderes del Estado. De ahora en más, todo juez o
fiscal que pueda pedir una escucha, deberá dirigirse al Ministerio de la
Procuración Fiscal.
Ámbito de
incumbencia
La Agencia trabajará en un ámbito concreto de defensa frente a ataques externos
o frente a delitos complejos por su globalización, como la trata de personas,
el narcotráfico, el ciber-delito, o los delitos económicos. Las actividades de
inteligencia interna solo quedarán limitadas a la investigación en materia de
delitos federales complejos, inteligencia criminal o atentados contra el orden
institucional o constitucional que prevé el artículo 36 de la Constitución
nacional.
Plazo de
vigencia
La Presidenta informó que pidió que el proyecto establezca un plazo no
prorrogable de 90 días para entrar en vigencia.
Relación
entre la AFI y los poderes públicos
La ley establece una limitante muy importante ya que impone que toda relación o
actuación entre la Agencia Federal de Inteligencia y funcionarios o empleados
de cualquiera de los poderes públicos federales, provinciales o locales, solo
podrá ser ejercida por el director general o por el subdirector. Esto
significa que la única vía que tienen los funcionarios para conectarse con la
Agencia Federal de Inteligencia, va a ser, precisamente, la institucional en la
persona de su director general y su director.
Protección
de datos
Se crean los bancos de protección de datos y archivos de inteligencia que
tendrán como objetivos controlar el ingreso y salida de información en las
bases de datos y archivos de inteligencia garantizando de manera prioritaria su
reserva constitucional y legal; asegurar que aquellos datos de
inteligencia que, una vez almacenados, no sirvan para los fines establecidos
sean destruidos y garantizar que la información no sea almacenada en las bases
de datos de inteligencia por razones de raza, fe religiosa, acciones privadas u
opinión política o de adhesión o pertenencia a organizaciones partidarias,
sociales, de derechos humanos, sindicales, comunitarias, cooperativas,
asistenciales, culturales o laborales así como por la actividad lícita que
desarrollen en cualquier otra esfera.
Las penas
Se establecen penalidades para quienes no cumplan con las disposiciones
vigentes, llevándose de 3 a 10 años, o sea, a un delito no excarcelable, a toda
persona que interceptare, captare, desviare ilegalmente y en contra de
disposiciones de esta ley, comunicaciones telefónicas, postales, de telégrafo o
facsímil o de cualquier otro envío de objeto de transmisión de imágenes, voces,
paquetes de datos, archivos. Y también, serán reprimidos todos aquellos
empleados o funcionarios que tomen -y aquí se crea un nuevo delito- contacto
con los servicios de inteligencia por afuera de los canales institucionales.
Nuevo
paradigma de inteligencia
La ley tiene por finalidad establecer el marco jurídico en el que desarrollen
las actividades los organismos de inteligencia conforme a la Constitución
nacional, los tratados de derechos humanos suscriptos y los que se suscriban
con posterioridad a la sanción de la ley y a toda otra norma que establezca
derechos y garantías.(Télam)