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AFIP determinó que empresarios ya no podrán comprar pase de futbolistas

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Los contratos que se celebren a partir del 1° de mayo de 2015, inclusive, quedarán únicamente en manos de los clubes de fútbol o del jugador involucrado. De esta manera se busca fortalecer la economía genuina de las instituciones deportivas y la transparencia en las operaciones.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció que los derechos económicos de los contratos que se celebren a partir del 1° de mayo de 2015, inclusive, quedarán únicamente en manos de los clubes de fútbol o del jugador involucrado. De esta manera se busca fortalecer la economía genuina de las instituciones deportivas y la transparencia en las operaciones. 

La medida, establecida a través de la Resolución General 3470 publicada hoy en el Boletín Oficial, va en el mismo sentido que lo estableció la FIFA, que modificó el reglamento sobre el “Estatuto y la Transferencia de Jugadores” y resolvió que ningún club o jugador podrá firmar un contrato con un tercero que participe de la transferencia y le otorgue derechos económicos sobre los futuros fichajes de un jugador. 

Cabe recordar que en marzo del año pasado, el titular de la AFIP, Ricardo Echegaray se reunió con Joseph Blatter, presidente de la FIFA, en la sede central de Zúrich (Suiza), quien había accedido a instrumentar un proceso para que la AFIP pueda obtener información del registro de transferencia de jugadores (TMS), mecanismo que le permitirá al organismo acercarse a los verdaderos valores de las operaciones de compra venta de futbolistas y restringir las maniobras de evasión de los hombres de negocios. 

No es la primera medida de la AFIP para transparentar las operaciones económicas en el futbol. A partir de enero de 2013 el organismo fiscal estableció un régimen de registración de los contratos. 

Esto le permite al organismo verificar online la transferencia de fondos y –fundamentalmente- bloquear el pago al exterior si la operatoria no es transparente. 

Además se encuentra vigente la Resolución General N° 3.376 que reglamentó la Declaración Jurada Anticipada del Fútbol (DJAF) y la lista dinámica de paraísos fiscales deportivos.