Los ministros Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco y Juan Carlos Maqueda declararon "inadmisible" el recurso de queja contra el fallo de la Sala IV de la Cámara federal de Casación Penal que anuló una resolución del Tribunal Federal de Tucumán que había autorizado que cumpliera la condena a prisión perpetua en su domicilio.
Los jueces tucumanos condenaron al represor de 87 años y le impusieron la
máxima pena prevista en el ordenamiento legal "por su responsabilidad como
coautor en las graves violaciones a los derechos humanos cometidos durante la
última dictadura militar en la que ocupó el rol de comandante del III Cuerpo
del Ejército".
No obstante autorizaron a que cumpliera la pena en su domicilio, decisión que
fue apelada por el fiscal que recurrió ante Casación, donde fue anulado el
beneficio "por considerar que se había dispuesto dicha modalidad de
cumplimiento de la pena atendiendo exclusivamente a la avanzada edad de
Menéndez".
Para anular la domiciliaria, el máximo tribunal en lo penal afirmó que los
magistrados locales no habían valorado "el aumento del riesgo de fuga que
importaba el dictado de la pena de prisión perpetua", algo que ahora
ratificó tácitamente la Corte Suprema al no admitir el tratamiento de la
cuestión.
El procurador fiscal había dictaminado que "la decisión impugnada se
ajustaba al criterio sentado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en
la materia y que de los informes médicos agregados a la causa surgía que las
afecciones crónicas que aquejan al nombrado se encontraban compensadas".
Menéndez registra más de media docena de condenas a prisión perpetua por
delitos de lesa humanidad cometidos en el área del Comando a su cargo durante
la dictadura cívico militar que usurpó el poder el 24 de marzo de 1976, la
última de ellas del mes de junio último por la muerte de tres estudiantes y
militantes de la Juventud Universitaria Peronista (JUP), en 1976.
La última sentencia tiene que ver con los militantes Ana Villanueva, Carlos
Oliva y Jorge Diez, que se encontraban en la intersección de Caraffa y Octavio
Pinto, en Córdoba, en la mañana del 2 de junio de 1976, y al advertir la
presencia policial escaparon pero a pocas cuadras fueron interceptados y
trasladados a una zona descampada, donde fueron fusilados. (Télam)