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Extendien hasta el 31 de julio el descuento del 90% de intereses para deudas con Rentas

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El organismo extendió ese beneficio para que quienes adhieran a la motoria con el pago al contado.

En estos momentos se encuentra vigente en la Dirección General de Rentas (DGR) un régimen excepcional de facilidades pago que abarca todas las deudas vencidas y exigibles al 31 de mayo de este año en concepto de tributos, intereses, recargos y multas.

La moratoria, confirmó el subdirector del organismo, Juan Manuel Fernández, tendrá vigencia hasta el 30 de noviembre. “Un plazo amplio para que los contribuyentes tengan tiempo de regularizar las deudas que tiene con el fisco”, sostuvo.

El acogimiento es solo a través de la página web www.rentastucuman.gob.ar y mediante el uso de la clave fiscal otorgada por la AFIP.

Fernández aclaró para acceder en condicionante tener cumplidas y abonadas las obligaciones tributarias cuyos vencimientos operen a partir de del 1° de junio del corriente año.

Entre los beneficios de acogerse plan, el subdirector destaca “una importante reducción de los interés, en principio hay una reducción para todos los tributos cuyo vencimiento sea anterior al 31 de diciembre de 2018. Todo esos vencimientos tienen condonados los intereses, o sea que el computo de los intereses recién empieza el 1° de enero de 2019”.

A partir de eso, y en función del momento y el mes que se produzca el acogimiento, varía. Sobre esto, Fernández explica que “cuanto más se demore en hacerlo, las condonaciones son menores”.

En la oportunidad, se extendió hasta el 31 de julio el beneficio del descuento del 90% de intereses, para quienes decidan abonar la deuda al contado.

Felipe Carrizo, del departamento técnico tributario, remarcó lo fundamental que es para acceder a la moratoria que el contribuyente tenga la clave fiscal otorgada por la AFIP y constituido el domicilio fiscal electrónico en la DGR. Recordemos que el contribuyente puede adherir impuestos declarativos y patrimoniales.

“Este plan de facilidades de pagos no es de respuesta inmediata. La DGR enviará a su domicilio fiscal electrónico la respuesta del plan de facilidades de pago solicitado y una vez que tenga en su poder esto, el contribuyente conformará el pago”, destacó Carrizo./comunicaciontucuman.gob.ar