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Operativo Independencia II: se dictaron 9 absoluciones y solo 3 perpetuas

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El TOF tucumano impuso además penas de entre 10 y 18 años de prisión para los otros 13 imputados por delitos de lesa humanidad. Las penas no son de cumplimento efectivo ni inmediato. El debate comprendió cinco causas por 335 hechos cometidos entre 1975 y 1977.

El Tribunal Oral Federal de Tucumán, integrado por los jueces Gabriel Casas, Carlos Enrique Jiménez Montilla y José Camilo Quiroga Uriburu, impuso el viernes pasado tres penas de prisión perpetua y otras trece condenas de entre 10 y 18 años de prisión, al término del juicio conocido como Megacausa Nº14 Operativo Independencia II. Las penas no son de cumplimento efectivo ni inmediato, ya que el TOF dispuso que los condenados mantengan la situación procesal en la que se encontraban antes del juicio hasta tanto la sentencia quede firme.

Además, otros 9 imputados fueron absueltos por “duda razonable”, en un fallo cuyos fundamentos serán dados a conocer el 1º de diciembre a las 12 del mediodía.

El debate, que inició en diciembre del 2019, giró en torno a cinco procesos judiciales que tuvieron trámites separados durante la investigación pero que se acumularon en la etapa intermedia. El objeto del juicio fue determinar la responsabilidad de 25 personas por crímenes de lesa humanidad que revistaron en la Policía de Tucumán, el Ejército Argentino y la Gendarmería Nacional.

En total se juzgaron 335 violaciones a los derechos humanos ocurridas entre febrero de 1975 -con el inicio del Operativo Independencia– y julio de 1977. De todos ellos, 333 casos ya habían tenido pronunciamientos anteriores por el Tribunal Oral Federal de Tucumán respecto de otros acusados.

Para los casos de Dardo Francisco Molina y de Osvaldo Muñoz, que llegaron por primera vez a la instancia de juicio oral, el órgano jurisdiccional declaró como probados los hechos que sufrieron, confirmando jurídicamente que se trataron de víctimas del terrorismo de Estado.

Por otro lado, el tribunal omitió pronunciarse acerca del petitorio formulado por el fiscal subrogante Pablo Camuña y el auxiliar fiscal Agustín Chit para que se "declare como garantía de no repetición que en la provincia de Tucumán, durante la implementación del Operativo Independencia, no existió guerra, ni un conflicto armado interno en los términos del derecho internacional humanitario”.

En cambio, los jueces sí resolvieron señalar que las mujeres víctimas que fueron objeto del proceso padecieron formas de violencia comprendidas en la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer -Convención de Belém do Pará-.

Las condenas y absoluciones

-Por sus roles en el CCD Escuelita de Famaillá: fueron condenados a prisión perpetua los oficiales de inteligencia del Destacamento de Inteligencia 142 de Tucumán, Luis Orlando Varela y Fernando Torres; y a 18 años de prisión los integrantes de destacamentos móviles de Gendarmería Nacional, Alberto Montes de Oca y José Carlos Sowisky.

-Por el secuestro, torturas agravadas, vejaciones, apremios y el homicidio de Dardo Molina; fue penado con prisión perpetua Ernesto Moore; y a 14 años de presión los exmilitares Ángel Moreno, Ricardo Oscar Sánchez y Luis Armando De Cándido.

-Por operar el CCD Jefatura de Policía: fueron condenados a 14 años de prisión los ex integrantes de la Policía de Tucumán, Guillermo Agustín Ugarte, Hugo Javier Figueroa, Félix Insaurralde y Rolando Reyes Quintana; y a 10 años de prisión al exmilitar Juan Francisco Nougués, quien se desempeñó como subjefe de Policía de Tucumán durante 1976 (condenado por 47 detenciones clandestinas mantenidas en el CCD Jefatura de Policía). También a 10 años de prisión fue condenado Ernesto Rivero, por su participación necesaria en los crímenes contra Molina y Muñoz.

-Por operar en los CCD Reformatorio y Arsenales: fueron condenados a 16 años los ex miembros de la Gendarmería Nacional Benito Palomo y Carlos Lafuente.

-Fueron absueltos: Hugo Enzo Soto, quien tuvo a su cargo la Compañía de Arsenales N°5, dependiente de la V Brigada; los segundos jefes de unidades militares Ernesto Alejandro Repossi, Julio Luis Teodomiro Bidone y Juan Antonio Garibotte, por el Operativo Independencia -entre febrero de 1975 y el 24 de marzo de 1976-; los expolicías María Luisa Acosta de Barraza y Miguel Angel Chaile, que operaron en el CCD Jefatura de Policía; el ex integrante de Gendarmería Nacional Celso Alberto Barraza; Pedro Osvaldo Caballero, que estaba imputado por la causa Molina; y Ramón Alberto Ojeda Fuente, imputado en la causa Muñoz.

Cabe recordar que en su alegato la fiscalía había solicitado prisión perpetua para 19 imputados y penas de entre 10 y 25 años de prisión para el resto. Además, Camuña y Chit dejaron en claro que en Tucumán existió un solo “plan criminal" puesto en marcha desde febrero de 1975, con el inicio del Operativo Independencia, y que continuó luego del golpe de Estado, sin cambios sustanciales en las modalidades delictivas. "Es un solo aparato criminal que comienza a implementarse en febrero de 1975 y sigue hasta mediados de 1977, fecha del último de los hechos tratados en este juicio”, había resaltado Camuña al respecto.