El Tribunal Oral Federal de Tucumán, integrado por los
jueces Gabriel Casas, Carlos Enrique Jiménez Montilla y José Camilo Quiroga
Uriburu, impuso el viernes pasado tres penas de prisión perpetua y otras trece
condenas de entre 10 y 18 años de prisión, al término del juicio conocido como
Megacausa Nº14 Operativo Independencia II. Además, otros 9 imputados fueron
absueltos por “duda razonable”, en un fallo cuyos fundamentos serán dados a
conocer el 1º de diciembre a las 12 del mediodía.
Para los familiares de las víctimas del terrorismo de Estado
y los organismos de DD.HH que los acompañan, el fallo de los jueces no solo les
dejó sabor a poco, sino que lo consideraron un insulto a la memoria de los
desaparecidos durante la última dictadura militar y el Operativo Independencia.
Al aire de Radio Prensa, el abogado querellante Rodrigo Scrocchi
adelantó que apelará la sentencia, para lo cual deberá esperar hasta la lectura
de los fundamentos. “El fallo es bastante doloroso y nos deja con un profundo
malestar y bronca. Vamos a esperar a conocer los fundamentos, pero es seguro
que vamos a pedir la revisión de la sentencia”, remarcó.
No obstante, el letrado aclaró que la sentencia no los tomó
por sorpresa, puesto que los mismos jueces ya venían manteniendo “criterios extraños”
para absolver a exmilitares vinculados con hechos aberrantes ocurridos durante
el siniestro período que inició en Tucumán a partir de febrero de 1975.
Scrocchi además rechazó que las penas no sean de cumplimento
efectivo ni inmediato, ya que en el fallo del TOF se dispuso que los condenados
mantengan la situación procesal en la que se encontraban antes del juicio hasta
tanto la sentencia quede firme. “Es un fallo vergonzoso”, subrayó.
Por último se refirió a la postura del tribunal de omitir
pronunciarse acerca del petitorio formulado por el fiscal subrogante Pablo
Camuña y el auxiliar fiscal Agustín Chit para que se declare “como garantía de
no repetición” que en la provincia de Tucumán, durante la implementación del
Operativo Independencia, “no existió guerra, ni un conflicto armado interno en
los términos del derecho internacional humanitario”.
“Para este tribunal parece que no existe la reparación simbólica, que se conjuga como una herramienta cada vez más común que se viene utilizando en el plano jurídico. Es claro lo que pidió la fiscalía, que el tribunal como órgano democrático se expida respecto de una construcción ideológica (la teoría de los dos demonios). Seguimos luchando contra los que dicen que lo que hubo fue una guerra, cuando está probado que fue un genocidio”, sentenció.