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Se podrá llamar al 114 por casos de violencia de género

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La Secretaría de Comunicaciones asignó ayer el Indicativo de Servicios Especiales "144" para la atención de consultas de violencia de género en todo el país.

La Resolución 114/2012, publicada ayer en el Boletín Oficial, afirma en sus considerandos que el Plan Fundamental de Numeración Nacional determina que los Servicios Especiales están destinados a establecer comunicaciones de urgencia, servicios a la comunidad y atención a clientes de los prestadores de servicios de telecomunicaciones.

La Ley Nº 26.485 de Protección Integral de las Mujeres, en su Artículo 8° dispuso que el Consejo Nacional de las Mujeres será la Autoridad de Aplicación en la materia, estando “encargado del diseño de las políticas públicas para efectivizar las disposiciones de la presente ley”, mientras que en su Artículo 9°, Inciso “o”, estableció que dicho Organismo deberá “implementar una línea telefónica gratuita […] destinada a dar contención, información y brindar asesoramiento sobre recursos existentes en materia de prevención de la violencia contra las mujeres y asistencia a quienes la padecen”.

Por su parte, el Decreto Nº 1.011 de fecha 19 de julio de 2010, en el Artículo 9°, Inciso “o” de su Anexo I, dispuso lo siguiente: “Se implementará una línea telefónica con alcance nacional, sin costo para las/os usuarias/os y que funcionará las 24 horas de todos los días del año”.

En este sentido, la resolución indica que se asigne el Indicativo de Servicios Especiales “144” para la atención de consultas de violencia de género, en el ámbito de la Argentina, como también se determine el mismo número al Consejo Nacional de las Mujeres, para realizar el mismo tipo de consultas.