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El BCRA elevó el límite mensual máximo para compra de divisas a u$s 5 millones

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Esta medida es uno de los pasos finales en la remoción de las restricciones cambiarias heredadas, justificaron desde el Central. La autoridad monetaria subió el monto disponible, que después de salir del cepo, era de u$s 2 millones.

El Banco Central elevó el monto máximo mensual para la compra de divisas a u$s 5 millones, que desde la liberación del cepo a principio de año ese límite era de u$s 2 millones. Así lo detalló la autoridad monetaria por medio de un comunicado.

“El Directorio del Banco Central dio pasos adicionales para facilitar operaciones con el exterior y las transacciones cambiarias”, indicaron desde el BCRA. La decisión la justificaron al detallar que “es uno de los pasos finales en la remoción de las restricciones cambiarias heredadas, siguiendo el camino iniciado con la liberación del cepo y la reciente eliminación del cronograma de pago para deudas por importaciones”. Además, el directorio del Banco Central decidió que desde ahora para el cobro del exterior por exportaciones u otros conceptos por un valor de hasta 100.000 dólares mensuales ya no se exigirá una declaración jurada previa a la recepción de fondos, sino que éstos podrán acreditarse directamente a la cuenta del receptor por un concepto genérico.

“Quienes decidan optar por esta modalidad tendrán que solicitar el alta de este sistema en su banco. Este régimen simplificado agiliza la operación a aproximadamente un 50% de los receptores de pagos en moneda extranjera”, detalla el banco en su comunicado.

En otro orden, los bancos estarán obligados a procesar operaciones de canje desde cuentas del exterior, es decir, la transferencia desde una cuenta en moneda extranjera fuera del país a otra en moneda extranjera dentro del país, y no podrán computar una operación de compra-venta de cambio por este tipo de operaciones.

En este sentido el BCRA agregó: “Estas operaciones ya estaban habilitadas; la modificación introducida hoy obliga a las entidades a que el monto acreditado en la cuenta local deberá ser igual al monto debitado en la cuenta extranjera. Si existiera una comisión por esta operación deberá ser consignada por separado, además de estar publicada en la página de homebanking del banco”.

Por último, otra de las medidas tomadas por el Central es que “para compras con tarjetas de débito en el exterior, los bancos deberán dar al cliente la posibilidad de definir qué cuenta se debitará, si la cuenta en pesos o la cuenta en moneda extranjera, de modo de evitar operaciones de cambio no deseadas”.

Cuando el cliente tenga ambos tipos de cuenta y no haya realizado una opción, se debitará por defecto de la cuenta en moneda extranjera, lo que en algunos casos evitará la operación de cambio.