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Procesan por mentir a testigos que dijeron ver al juez Casanello con Cristina en Olivos

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El juez Luis Rodríguez acusó al ex chofer de Presidencia de la Nación y un supuesto militante de La Cámpora de "falso testimonio" y señaló que ambos mintieron "con temeridad sin reparo alguno". Sus declaraciones pudieron haber apertado al magistrado de la causa que investiga presunto lavado de Báez
El juez federal Luis Rodríguez procesó por "falso testimonio" y trabó un embargo por $150.000 contra los dos testigos que aseguraron haber visto a finales de 2015 al magistrado Sebastián Casanello en la Quinta de Olivos en la antesala de una reunión con la ex presidenta Cristina Kirchner.

Se trata de Gabriel Corizzo, ex chofer de Presidencia, y Carlos Scozzino, supuesto militante de La Cámpora.

Ambos imputados declararon en el marco de la causa por la que está preso el empresario K, Lázaro Báez, que entre setiembre y octubre de 2015 vieron a Casanello en Olivos.

Lo hicieron días más tarde de que Báez hubiera asegurado lo mismo en una carta que envió a la Justicia que en septiembre del 2015. El empresario investigado por Casanello por supuesto lavado de dinero, había dado un dato más. Junto al magistrado había visto al entonces secretario general de la Casa Rosada, Eduardo "Wado" de Pedro.

La defensa del empresario aseguraba de esta manera que el magistrado era "imparcial" y lo acusó de direccionar la causa e investigar sólo a la familia Báez y no así a los ex funcionarios del Frente parala Victoria.

El propio juez se autodenunció y negó esa situación, que estuvo a punto de derivar en que fuera apartado de la investigación que tiene procesado a Báez por lavado de dinero.

"Los falsos testimonios de Corizzo y de Scozzino, de prosperar sus versiones, habrían provocado que la continuación del señor juez al frente de la pesquisa en aquella causa debiera reverse", explicó Rodríguez en su fallo.

En ese contexto, resaltó que "los falsos dichos pronunciados con temeridad sin reparo alguno en cuanto a su tenor por parte de los imputados, repercutirían directamente en una cuestión de extrema delicadeza tal es la Garantía del Juez Natural al frente de una causa".

El delito de falso testimonio contempla una escala penal que llega hasta los diez años de cárcel cuando es pronunciado en perjuicio de una parte en una causa penal. Para el juez, Corizzo y Scozzino "sistemáticamente mintieron, lo que ha quedado evidenciado en el contraste existente entre lo efectivamente -hasta aquí- probado y el contenido de las declaraciones juramentadas brindadas".

"Han sido mendaces en lo relatado", subrayó el fallo, de 32 páginas. IPROFESIONAL