La resolución dispuesta por la Sala I de la Cámara de lo
Contencioso Administrativo en el último día hábil antes de la feria judicial,
lleva la firma de los jueces Horacio Ricardo Castellanos y Juan Ricardo Acosta,
quienes consideraron inconstitucional el inciso 6 del artículo 43 de la Carta
Magna provincial.
En la Constitución de Tucumán se establece que las
elecciones provinciales deben realizarse en agosto, dos meses antes de que
terminen los mandatos de las autoridades, que finalizan en octubre.
“Hay que estudiarlo todo. Hoy no tengo una definición por
esto fue todo muy reciente. Hay que esperar los tiempos de la Justicia”,
expresó el Primer Mandatario Provincial en la rueda de prensa concretada en la
visita a la escuela del Barrio Maciel.
En esa misma linea, el titular del Poder Ejecutivo tucumano concluyó: “Cada vez que la gente pueda votar es una inversión y eso es lo mas importante que tiene la democracia. Que las personas se expresen libremente en lo que siente, en lo que cree que es el futuro mejor para ellos y sus hijos”./Fuente: Comunicación Pública.