Qué dice el protocolo para casos de violencia de género en los medios

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Consta de 11 artículos que establecen las pautas a seguir por las víctimas y los derechos que deben tener garantizadas, y regirá tanto para al ámbito privado como el estatal. El rol de la APT será prestar asesoramiento legal y psicológico gratuito.

La Comisión de Mujeres Trabajadoras de Prensa presentó este lunes el primer “Protocolo de Acción en casos de Violencia Laboral para Trabajadoras de Medios de Comunicación”, una herramienta que pretende combatir todas las formas de violencia a las que son sometidas las mujeres que desempeñan su labor en los medios, tanto públicos como privados, así como en las oficinas de prensa estatales.

La normativa, que está basada en la ley nacional Nº 26485 (de Violencia de Género) y la ley provincial Nº 8336, de adhesión a la norma nacional, engloba todas las formas de violencia institucional, laboral y mediática, y establece los pasos a seguir por las víctimas, así como las garantías con las que deben contar.

Según consta en el documento, el primer paso es realizar la denuncia pertinente en la Fiscalía de Género de turno, para lo cual deberán contar con el acompañamiento de la Defensoría Oficial especializada en género. La misma podrá ser realizada de manera personal o vía telefónica con la Mesa de Entrada Penal Permanente del Ministerio Público Fiscal. Para que continúe su curso, la denuncia deberá ser ratificada en el plazo de 5 días hábiles.

A partir de la confección de ese expediente, el MPF debe adoptar todas las medidas de protección necesarias para el resguardo de la víctima durante todo el proceso penal. Esto incluye la protección personal a la denunciante por un plazo de seis meses, con la posibilidad de extender la misma. Además, el MPF deberá proveer el acompañamiento psicológico y letrado en todo momento, y elaborar un informe socio ambiental sobre el ámbito en el cual se generó la situación de violencia denunciada.

Por su parte, la Asociación de Prensa de Tucumán deberá acompañar el proceso brindando el asesoramiento legal necesario. En este sentido, deberá disponer de manera gratuita a los abogados de la institución o bien a terceros especializados en la materia.

La normativa también plantea la imprescriptibilidad de los casos denunciados bajo esta figura penal y exhorta al MPF a sancionar con prisión preventiva a quienes intenten obstaculizar el proceso, ya sea se trate de los denunciados o de las autoridades de entidades públicas y privadas, además de la inhabilitación en caso de que se trate de funcionarios del Estado.

El protocolo deberá ahora ser declarado como Norma de Orden Público por la Legislatura, a la cual deberán adherir los municipios y comunas rurales a los fines de que la herramienta quede convalidada y pueda ser aplicada en todo el ámbito provincial.