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El industrial Jorge Rocchia Ferro fue condenado a tres años de prisión condicional

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El Tribunal Oral de la Federal de la provincia de Santiago del Estero, lo encontró responsable por hechos de contaminación con vinaza.

El Tribunal Oral Federal de Santiago del Estero emitió sentencia este martes por la tarde, para condenar a tres años de prisión condicional al industrial Jorge Rocchia Ferro, acusado por la contaminación del pueblo El Palomar, Dpto. Jiménez en la vecina provincia, con desechos del Ingenio La Florida, a fines de 2012 y principios de 2013.

Los magistrados indicaron que Rocchia Ferro es responsable de los delitos previstos y penados de la Ley 24051 por contaminación en tres hechos en concurso real.

En el mismo proceso judicial fue condenado también del gerente de esa planta fabril, el santiagueño José Ramón Coronel. La condena fue de tres años de prisión condicional por ser autor voluntario y material penalmente responsable del delito previsto y penado en la Ley 24051.

Por los delitos, Rocchia Ferro deberá pagar una multa de $ 100.000 y en el caso de Coronel, $ 85.000.

El tribunal además dispuso hacer lugar en forma parcial al pedido formulado por el Ministerio Público Fiscal de reparación de perjuicios.

Esto implica que en relación a la comunidad de El Palomar, en Santiago del Estero, Rocchia Ferro deberá instalar un pozo de agua potable, construir una casa albergue docente, conceder 20 becas estudiantil en la Universidad San Pablo-T; entregar 100 guardapolvos y útiles escolares de la escuela 612 Melitón Camaño y la construcción de un puesto sanitario tipo Caps, entre otros.

En relación al resarcimiento para la provincia de Santiago del Estero, el tribunal impuso al empresario tucumano la adquisición de una camioneta cero kilómetros que será destinada al centro de monitoreo permanente, además de dos cuatriciclos cero kilómetros, y una lancha tipo comité de cuenca.

Por último, el tribunal estableció que tanto Coronel como Rocchia Ferro deberán cumplir con las reglas de conducta fijadas en los incisos 1 y 3 del artículo 27 bis del Código Nacional Penal por el término de dos años.

Esto se refiere fijar residencia y someterse al cuidado de un patronato; y que deberán abstenerse de usar estupefacientes o de abusar de bebidas alcohólicas.

Los fundamentos se la sentencia serán leídos el próximo 1 de junio, a las 13 horas.


Los hechos

Rocchia Ferro y Coronel fueron acusados por el vuelco de 80 millones de litros de vinaza (desecho industrial que se produce en la elaboración de bioetanol con la melaza de caña de azúcar) en el canal público interprovincial del Este y que desemboca en el pueblo El Palomar, departamento Jiménez.

La fiscal general federal Indiana Garzón, acompañada por el auxiliar fiscal Pablo Álvarez, solicitó la pena de prisión de 7 años y 6 meses para el industrial tucumano, en el histórico juicio que se celebró en el Tribunal Oral Federal de Santiago del Estero por contaminación.

Para Coronel, solicitó la pena de 6 años y 6 meses de prisión.

La representante del Ministerio Público Fiscal sostuvo que los imputados infringieron los artículos 55 y 57 de la ley nacional 24.051 de Residuos Peligrosos por el vuelco de los desechos, que resultaron perjudiciales para el medio ambiente.

Además, solicitó una reparación integral económica, tomando como antecedente el ofrecimiento millonario que había realizado Rocchia Ferro en 2018 para que le aceptaran una probation.

Ese ofrecimiento incluía obras en la comunidad de El Palomar, y realizar una inversión para dotar de elementos a los equipos técnicos que monitorean que no haya contaminación en la Cuenca Salí-Dulce, y para el Instituto de Investigación y Desarrollo Aplicado de Hidrobiología Ing. Néstor René Ledesma de Las Termas.