Hace trece años, Argentina marcó un antes y un después con la sanción de la Ley de Identidad de Género. Desde entonces, miles de personas trans y travestis pudieron nombrarse, reconocerse y ser reconocidas por el Estado. Fue una conquista histórica que sacó a esta población de la criminalización para ubicarla como sujeto de derechos. A partir de entonces, la transición de género dejó de ser un camino clandestino o patologizado, para convertirse en un proceso vital acompañado por una ley pionera a nivel mundial.
Pero el derecho a la identidad, aunque fundamental, no resuelve por sí solo los desafíos cotidianos. Las personas trans y travestis siguen enfrentando enormes barreras para acceder al trabajo, y sus tasas de desempleo duplican la media nacional, según surge del Primer relevamiento Nacional de Condiciones de Vida de la Diversidad Sexual y Genérica (2023).
La Ley de Identidad de Género marcó el inicio de una nueva etapa. Sin embargo, la discriminación, la precariedad y la informalidad siguen presentes. Muchas empresas aún no han repensado sus procesos de selección, ni cuentan con protocolos para acompañar una transición. La Ley Diana Sacayán – Lohana Berkins, que estableció el cupo laboral travesti-trans en el Estado, fue una respuesta clave, pero todavía hace falta que el sector privado se sume de manera decidida.
La Dra. Soledad Correa Deza, de Mujeres x Mujeres, en diálogo con Prensa Multimedios, remarcó que a partir de la normativa sancionada durante el kirchnerismo "se despatologiza la identidad por fuera del sistema binario, como históricamente había ocurrido. Pero también se desjudicializa la identidad autopercibida. A partir de ese momento, la identidad no está más sujeta a pericias ni a constataciones de verdad, tampoco a intervenciones quirúrgicas. Que la identidad sea una vivencia es un gran logro de esta ley".
Desde la organización que encabeza Deza fueron auspiciantes de un recurso de amparo presentado en contra del Decreto 62/2025, con el que el presidente Javier Milei intentó modificar la Ley de Identidad de Género, una medida inconstitucional -porque la normativa sólo puede modificarse vía Congreso de la Nación- que va contra los derechos de la población travesti-trans, específicamente contra las, los y les menores de edad.
En el decreto 62/2025 publicado el 6 de febrero el Gobierno buscó limitar los tratamientos de hormonización y "las intervenciones quirúrgicas en menores" -esto último no contemplado en la normativa- a partir de la modificación del artículo 11 de la Ley 26.743 de la Ley de Identidad de Género, que es el que expresa el derecho al libre desarrollo personal, y lo reemplaza por un texto donde se prohíbe los tratamientos a personas menores de edad dejando a un lado la autonomía progresiva que se establece en la ley argentina como en la Convención de los Derechos del Niño.