La Dirección General de Rentas dispuso prorrogar el plan de facilidades de pago hasta el próximo 28 de noviembre, a través del cual se pueden regularizar deudas vencidas y exigibles al 31 de agosto de 2025 de los impuestos provinciales, incluyendo sus intereses, recargos y multas.
También pueden regularizarse las deudas de estos tributos que se encuentren en planes de facilidades de pago caducos o deudas originadas en ajustes resultantes de la actividad fiscalizadora de la DGR o que se encuentren en trámite administrativo o judicial de cobro.
Así lo informó Felipe Carrizo, representante del Departamento Técnico Tributario de la DGR, quien además explicó que para el caso de las deudas en cobro judicial, se dispone una reducción del 50% de los honorarios profesionales de los representantes de la autoridad de aplicación, regulados o a regularse.
BENEFICIOS
Entre los beneficios que otorga el régimen para las deudas que se regularicen, se encuentran:
Bonificación del 100% de los intereses que se devengaron hasta el 31 de diciembre de 2020.
Por los intereses devengados a partir del 1º de Enero de 2021, se establecen las siguientes bonificaciones:
Del 50% por pago de contado.
Del 40% por planes que se cancelen hasta el mes de JULIO de 2026.
Del 30% por planes que se cancelen después del mes de JULIO de 2026
CONDICIONES
Las condiciones para adherir al régimen en el presente mes se encuentran flexibilizadas.
Carrizo detalló que al momento de efectuar la solicitud deber, encontrarse cumplidas y abonadas las obligaciones tributarias que vencieron a partir del 1 de SEPTIEMBRE de 2025 y hasta las que vencen en el mes de NOVIEMBRE de 2025, es decir 3 cuotas o anticipos.
Para el caso de los impuestos a los Automotores y Rodados e Inmobiliario, deberán encontrarse abonadas las cuotas 9, 10 Y 11 del año 2025 al momento de efectuar la solicitud del plan de pagos.
Estas cuotas podrán ser abonadas utilizando los botones de pago disponibles en la página web de la DIRECCION GENERAL DE RENTAS.
Estos botones permiten pagar con tarjeta de débito y crédito de cualquier entidad bancaria.
La primera cuota de los planes que se realicen en el mes de noviembre vencerá el 15 de DICIEMBRE.
La solicitud de adhesión al régimen se realiza íntegramente a través de la página web: www.rentastucuman.gob.ar
REGISTRO DE VEHICULOS
Rentas recordó a los contribuyentes del impuesto a los Automotores y Rodados que, los fines de evitar demoras el alta del vehículo automotor en la DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS para el pago del impuesto, podrán solicitar su inscripción en la misma.
A tal efecto deberán ingresar a través del link "Servicios con clave fiscal", al servicio "Trámites Web", opción "Nuevo Trámite", seleccionando "Solicitud Impuesto Automotor Vehículos 0 Km".
Allí deberán adjuntar en formato pdf el título del automotor y la factura de compra.
PAGOS CON TARJETA DE CRÉDITO
Se implementó el servicio de pago con TARJETAS DE CRÉDITO para la cancelación de las cuotas de los impuestos Inmobiliario y a los Automotores y Rodados y de las Contribuciones que Inciden sobre los Inmuebles -CISI Comunas Rurales-.
Para efectuar el pago con tarjeta de crédito, los contribuyentes deberán utilizar el botón de pago "CLICK DE PAGO TARJETAS DE CRÉDITO" disponible en este organismo (wwww.rentastucuman.gob.ar), al momento de emitir o generar el formulario para el pago de la cuota respectiva./comunicaciontucuman.gob.ar
