La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) resolvió extender hasta el 31 de marzo de 2026 el plazo para adherirse al plan de facilidades de pago destinado a la regularización de deudas impositivas, aduaneras y de la seguridad social. La decisión fue formalizada mediante la Resolución General 5808/2025, publicada en el Boletín Oficial.
La prórroga responde a un pedido de la Federación de Graduados en Ciencias Económicas (FAGCE) y apunta a otorgar más tiempo a contribuyentes y responsables para ordenar su situación fiscal sin incurrir en mayores costos financieros.
Qué deudas se pueden regularizar
El régimen permite incluir obligaciones vencidas hasta el 31 de agosto de 2025, junto con sus intereses y multas. Abarca deudas impositivas, previsionales y aduaneras, incluyendo monotributo, retenciones y percepciones impositivas, así como tributos vinculados a importaciones y exportaciones, conforme a lo establecido en el Código Aduanero.
Desde ARCA aclararon que la adhesión al plan no contempla quitas de intereses ni la eliminación de sanciones, aunque sí ofrece condiciones de financiación más accesibles para facilitar la cancelación de los montos adeudados.
Quiénes pueden acceder al plan
El esquema está disponible para personas humanas, sucesiones indivisas, micro, pequeñas y medianas empresas, entidades sin fines de lucro, empresas del sector salud y el resto de los contribuyentes alcanzados por el régimen.
La cantidad de cuotas y el pago a cuenta varían según el tipo de contribuyente. Las personas humanas, micro y pequeñas empresas, entidades sin fines de lucro y el sector salud podrán acceder a planes de hasta 60 cuotas con un anticipo del 5%. En el caso de las medianas empresas, el límite será de 48 cuotas con un pago inicial del 10%, mientras que el resto de los contribuyentes podrá financiar sus deudas en hasta 36 cuotas con un anticipo del 15%.
Las cuotas serán mensuales, iguales y consecutivas, con un monto mínimo de $2.000 por cuota. La tasa de interés de financiación será equivalente al 50% de la tasa resarcitoria vigente al momento de la implementación del régimen, según la normativa del Ministerio de Economía.
El plan caducará si se verifica la falta de pago de dos cuotas, ya sean consecutivas o alternadas, dentro de un plazo de 60 días corridos desde que se constate el incumplimiento.
