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El negocio de la VTV cambia por completo: la desregulación oficial abre las puertas a los talleres privados

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A través de la resolución 32/26 de la Secretaría de Transporte, el Gobierno nacional oficializó la apertura de la Verificación Técnica Vehicular (VTV) a talleres privados, concesionarios e importadores. La medida busca romper con el esquema concentrado en una red limitada de plantas oficiales, fomentando la libre competencia y ampliando la cantidad de prestadores disponibles en todo el país.



A partir de este nuevo marco normativo, cualquier establecimiento que cumpla con una serie de requisitos administrativos y técnicos podrá solicitar su habilitación para realizar las revisiones técnicas obligatorias (RTO) tanto a vehículos particulares como a unidades de carga y transporte de pasajeros. según un análisis del especialista en transporte Marcelo Gonzálvez, este esquema flexibiliza notablemente los costos de operación, aunque advierte que la eliminación de ciertas normas técnicas e IRAM podría generar heterogeneidad y discrecionalidad en la calidad de las inspecciones.


Los 8 cambios operativos en los talleres

El nuevo régimen simplifica las exigencias de infraestructura, personal y equipamiento a través de ocho modificaciones centrales:

    Infraestructura y accesos: Se eliminan las dimensiones mínimas estrictas para las áreas de revisión (que antes exigían 30 metros de largo y 7,5 de ancho) y los colores específicos de portones. Solo se demandan accesos seguros, preferentemente independientes, y que permitan maniobras internas sin recurrir a la marcha atrás.

    Fosa de inspección: Deja de exigirse un revestimiento cerámico, medidas exactas diferenciadas por tipo de vehículo o sistemas obligatorios de extracción de gases. Bastará con una fosa o un elevador que garantice una observación integral y segura.

    Equipamiento mínimo: Se suprime el listado exhaustivo de la resolución 101/19 (parámetros de fuerza en frenómetros, decibelímetros bajo norma IRAM o sistemas de fotovalidación de tres cámaras). Se mantiene un requerimiento básico de control, pero sin especificaciones técnicas rígidas.

    Calibraciones y mantenimiento: La periodicidad de calibración se conserva cada 6 meses o 6.000 revisiones, pero ya no estará controlada externamente por la CNRT con costos fijados por el Estado. Los registros quedarán en el taller y las calibraciones se realizarán in situ con personal propio.

    Áreas complementarias: Se elimina la obligación de contar con oficinas, salas de espera, vestuarios y baños diferenciados. El único requisito en este aspecto es mantener un archivo físico y digital de las inspecciones por un plazo de 2 años.

    Personal técnico: La planta debe seguir contando con la figura de un "director técnico" responsable de la documentación, pero ya no se exigirá explícitamente que posea el título de ingeniero mecánico o electromecánico matriculado.

    Auditorías y control: La CNRT mantendrá sus facultades de auditoría para verificar el cumplimiento de los anexos normativos, pero pierde el régimen específico de penalidades que aplicaba en el esquema anterior.

    Registro y habilitación: No se exigirá que la VTV sea la actividad exclusiva del local. El trámite se realiza de forma digital y se introduce la habilitación provisoria automática.

Trámites, nuevos plazos vigentes y tarifa libre

Para ingresar al circuito, los interesados deberán iniciar la gestión mediante la plataforma de Trámites a Distancia (TAD) presentando una declaración jurada. En ella deben detallar la identificación del solicitante, la designación del director técnico, el equipamiento mínimo y la documentación que acredite la disponibilidad legal del inmueble.

La Secretaría de Transporte dispondrá de un plazo de 30 días corridos para revisar los papeles; si detecta errores, otorgará 20 días para subsanarlos. Si el plazo de 30 días transcurre sin observaciones, el taller quedará inscripto de forma automática en el registro nacional y habilitado provisoriamente para operar.