09.10.26
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A quiénes abarca el fallo que declaró inconstitucional la fómula de movilidad de Alberto Fernández

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La Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán falló a favor de un jubilado que firmó Reparación Histórica y sufrió una pérdida de hasta el 50% en sus haberes. Según explicó la Dra. Julia Chiara, especialista en derecho previsional, la resolución judicial sienta un precedente crucial para que los beneficiarios de ANSES puedan reclamar el reajuste de sus jubilaciones frente a la inflación, pero no se aplica automáticamente para todos los jubilados.

Un fallo de la Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán marcó un hito en la protección de los haberes previsionales al declarar la inconstitucionalidad de la movilidad sancionada a finales del 2020. La medida beneficia a un jubilado que había suscripto el programa de Reparación Histórica y vio severamente reducido su haber por fórmulas desactualizadas. Sobre el alcance y significado de esta resolución para el fuero local, la abogada Julia Chiara destacó que "la Cámara sienta un criterio y da por tierra el planteo de ANSES de cosa juzgada".

La decisión judicial invalida las pretensiones del organismo previsional que intentaban congelar los reclamos de reajuste basándose en acuerdos firmados con anterioridad. El tribunal ratificó de manera categórica que las garantías constitucionales del sector pasivo resultan intangibles frente a cualquier convenio administrativo formalizado. Respecto a la imposibilidad legal de ceder conquistas normativas a futuro, la especialista remarcó que "el jubilado no puede renunciar a sus derechos futuros, los derechos son irrenunciables".

Las fórmulas aplicadas entre marzo de 2020 y abril de 2024 desestimaron el índice de precios al consumidor, lo que provocó un desfasaje grave en los ingresos. El propio Estado reconoció con normativas posteriores la insuficiencia de los incrementos otorgados durante ese período de alta aceleración inflacionaria. Al analizar el impacto del cálculo en el poder adquisitivo de los adultos mayores, la letrada explicó que "el cálculo de la actualización de las jubilaciones provocó una disminución de hasta un 50%".

La actualización de los haberes debe garantizar una calidad de vida digna y guardar relación directa con el costo real de la canasta alimentaria e insumos médicos. Los fallos actuales ordenan aplicar índices de movilidad que contemplen la inflación para evitar que el ajuste recaiga sobre los sectores más vulnerables. En relación a la exigencia constitucional de movilidad, la abogada previsional advirtió que "había una ley que establecía la movilidad pero ese cálculo no tenía relación con la realidad".

Aunque el pronunciamiento rige para la causa examinada, abre la posibilidad de que miles de beneficiarios promuevan demandas de reajuste en los tribunales. Los letrados del fuero prevén un incremento sustancial en la presentación de amparos para revisar los haberes iniciales y la pérdida de la capacidad de compra. Acerca del escenario que se plantea para los jubilados tucumanos, Chiara anticipó que "se abre una puerta grande para todos aquellos jubilados que tienen Reparación Histórica y cobran muy poco".

El deterioro constante de las prestaciones mínimas y la quita de coberturas en medicamentos obligan a muchas personas a tomar decisiones drásticas diarias. Frente a esta situación apremiante, la intervención de la Justicia resulta una vía indispensable para restituir la equidad en el sistema de seguridad social. A modo de conclusión sobre el rol del derecho previsional en la crisis, la entrevistada concluyó que "se viola la Constitución Nacional cuando las jubilaciones no son suficientes para la calidad de vida".