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Imputan a una falsa psicóloga que atendió a niños con autismo durante casi tres años

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Romina del Carmen Soldevilla fue acusada de usurpación de títulos y honores tras desempeñarse sin habilitación en el centro Educatea. La directora del establecimiento también fue procesada por estafa y maniobras de facturación a obras sociales por casi $3,5 millones, aunque ambas accedieron a una probation.

Una grave causa judicial sacude a la capital tucumana tras confirmarse que una mujer ejerció ilegalmente como psicóloga en un centro terapéutico privado durante casi tres años, prestando atención especializada a niños con trastorno del espectro autista (TEA) sin contar con título universitario ni matrícula profesional.

La investigación, llevada adelante por el fiscal Diego Hevia, determinó que entre abril de 2022 y febrero de 2025, Romina del Carmen Soldevilla atendió a dos menores en el Centro Terapéutico Educatea, participando activamente de sesiones clínicas y reuniones escolares como parte supuestamente formal del equipo profesional.

Por su parte, la pesquisa también alcanzó a Marina Roxana Álvarez, propietaria y directora del establecimiento. Según la acusación, Álvarez tenía pleno conocimiento de que Soldevilla no estaba habilitada para ejercer la profesión y, aun así, le permitió atender a los pacientes. Además, la Fiscalía detectó un perjuicio económico estimado en casi $3,5 millones producto de una presunta maniobra de facturación irregular de prestaciones psicológicas ante distintas obras sociales.

Ante este escenario, Soldevilla fue formalmente imputada por usurpación de títulos y honores, en tanto que a la directora se le endilgó la participación en ese mismo delito sumado al cargo de estafa.

Acuerdo judicial y probation

En el marco del proceso, ambas imputadas accedieron a una suspensión del juicio a prueba (probation). El acuerdo judicial homologado establece una reparación económica total de $8 millones —a razón de $4 millones cada una— y la obligación de cumplir con tareas comunitarias durante 12 meses.

Desde el ámbito judicial recordaron que esta medida alternativa no constituye una condena ni implica una declaración formal de culpabilidad. Sin embargo, el cumplimiento estricto de las pautas fijadas determinará la extinción de la acción penal, caso contrario el expediente podría reactivarse.