El gobernador Osvaldo Jaldo finalmente promulgó la iniciativa que incluye a los vapers en la Ley 7.575, que restringe la posibilidad de fumar en espacios públicos y ambientes cerrados de la provincia. Lo hizo luego de que Legislatura aprobara una resolución para instar al Poder Ejecutivo a que promulgue la norma que incluye a los vapers en las restricciones, porque consideran que los cigarrillos electrónicos, con o sin nicotina, cuenta con una numerosa cantidad de sustancias que son cancerígenas, como metales y productos químicos.
El texto fue refrendado esta mañana en Casa de Gobierno y sostiene que los comercios y oficinas públicas deberán informar, mediante carteles, que "en los lugares cerrados está prohibido fumar tabaco, cigarrillos electrónicos y narguiles" y quedeberán tener una dimensión mímina "de 600 centímetros cuadrados".
También advierte que "queda prohibida la importación, distribución, comercialización y publicidad o cualquier modalidad de promoción del cigarrillo electrónico en toda la provincia. La violación a esta disposición hará pasible al comerciante de sanciones", que serán económicas y que están regladas por la Ley 7.575.
Las sanciones, explica el decreto, "se adoptarán ante la falta de carteles indicadores de la prohinición de fumar, la prohibición de venta y/o expendio a menores de 18 años y la prohibición de importación, distribución, comercialización y publicidad".
El Ejecutivo tendrá 30 días corridos para concretar las adecuaciones reglamentarias, fundamentalmente en los edificios públicos de toda la provincia.