Por requerimiento de la Unidad Fiscal de Homicidios I, a cargo de Pedro Gallo, este lunes 16 de marzo se llevó adelante una nueva audiencia en el marco de la causa que investiga el crimen de Érika Antonella Álvarez (25), cuyo cuerpo fue hallado el pasado 8 de enero en un basural de la zona de Manantial Sur.
En esta oportunidad, el motivo fue reformular cargos en contra de los imputados Felipe Sosa (50) y Justina Gordillo (48). Al comenzar su alocución, el representante del MPF narró detalladamente cuáles son las teorías del caso (ver aparte) para cada uno de los sospechosos.
A continuación, en cuanto a Sosa –que venía acusado de homicidio simple–, ahora le atribuyó ser presunto autor del delito de femicidio. “Hemos reunido elementos más que suficientes para sostener que entre el imputado y la víctima mediaba una clara asimetría de poder económico y social, que colocaron a Álvarez en una posición de inferioridad y subordinación. En ese contexto se produjo el homicidio”, consideró Gallo.
“Sosa se aprovechaba de la vulnerabilidad en la que estaba Antonella, donde su adicción fue un factor clave de su vulnerabilidad, lo que fue aprovechado por Sosa para ejercer dominación”, sostuvo, al tiempo que señaló que “está demostrado que se conocían desde hace varios años”.
Y agregó: “Resulta relevante que había una clara cosificación por parte de Sosa hacia Álvarez, para quien quedaba prácticamente reducida a un objeto de entretenimiento”.
Asimismo, entre las evidencias reunidas, el fiscal mencionó el informe preliminar de UFED a celulares, donde surgen conversaciones entre Gordillo y Sosa; y el informe de análisis de ADN, de fecha 10 de marzo y elaborado por el departamento de Química del Equipo Científico de Investigaciones Fiscales (ECIF), donde se logró establecer que en la muestra de lechos subungueales de la mano izquierda de Álvarez se detectó ADN de Sosa.
Encubrimiento motivado por beneficio económico
Con respecto a Gordillo, la Fiscalía decidió sumar a la imputación el agravante de haber actuado para favorecerse económicamente. En ese sentido, la calificación legal en su contra queda enmarcada en el delito de encubrimiento por favorecimiento personal y real triplemente agravado por ser el hecho precedente especialmente grave, por actuar con ánimo de lucro y por ser funcionaria pública.
“En el despliegue de encubrimiento, Gordillo actuó movida no solo por la relación sentimental que tenía con Sosa, sino también con el propósito de obtener para sí misma y para él un beneficio patrimonial”, manifestó el titular de la Unidad Fiscal, que –entre otros argumentos– precisó que “dos días después del hecho, Sosa le concedió a Gordillo poderes económicos prácticamente absolutos sobre sus tres empresas”.
Todo lo solicitado por el Ministerio Público Fiscal (MPF) contó con la adhesión de la querella. Por su parte, ambas defensas técnicas se opusieron a las respectivas reformulaciones de cargos. Finalmente, la jueza interviniente resolvió hacer lugar a todo lo planteado por la parte acusatoria./MPF
