Inicio / Politica / INTERNA AL ROJO VIVO

Guerra electoral en la UNT: opositores impugnan la elección en Psicología y recusan al juez Leal

- -
La feroz disputa política y judicial en torno a las elecciones de la Universidad Nacional de Tucumán (UNT) sumó un nuevo y explosivo capítulo, trasladando esta vez el epicentro del conflicto a la Facultad de Psicología.

 Los candidatos opositores al decanato, Anabel Nayle Murhell y Adrián Eduardo Chirre, acudieron directamente ante la Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán luego de que la Junta Electoral de la alta casa de estudios rechazara la impugnación que habían formulado contra la elección y posterior asunción de las autoridades oficialistas, Silvia López de Martín y Claudia Paola Coronel.

El recurso, articulado legalmente por el abogado Agustín Tello, apunta de lleno contra la resolución 6059/2026 de la Junta Electoral de la UNT, la cual convalidó la fórmula del oficialismo. Los demandantes exigen que la Cámara Federal declare la “nulidad absoluta e insanable” de dicha candidatura y de todos los actos administrativos derivados de ella, incluyendo la puesta en funciones de las actuales autoridades. El planteo opositor se ampara en el fuerte precedente del pasado 15 de mayo, cuando el mismo tribunal suspendió la postulación del rector Sergio Pagani para un nuevo mandato consecutivo tras un recurso impulsado por los decanos Miguel Ángel Cabrera y Virginia Sara Luz Abdala. Bajo esa misma lógica de límites estatutarios a las reelecciones, Murhell y Chirre sostienen que la situación de Psicología debe resolverse con parámetros similares.


El pedido de cautelar para vaciar el decanato

La ofensiva judicial de la lista opositora no se limita a la discusión de fondo, sino que incluye un pedido de medida cautelar de efecto inmediato. Concretamente, solicitaron a la Justicia que ordene a López de Martín y a Coronel «que se abstengan de ejercer actos de administración, gobierno y representación de la Facultad de Psicología de la UNT, hasta tanto se dicte sentencia definitiva».

En su presentación, los recurrentes recordaron que ya el 18 de mayo —antes de la asunción formal de las autoridades— habían solicitado a la Junta Electoral que declarara caída la fórmula oficialista y proclamara ganadora a la lista opositora por ser la única que reunía los requisitos de elegibilidad estatutaria vigentes. Tras el rechazo de ese órgano administrativo, ahora denuncian ante la Cámara una “flagrante violación al Estatuto de la UNT, al principio republicano de alternancia en el poder y a la garantía de igualdad ante la ley”, fundamentada en la supuesta vulneración de los artículos 52 y 191 del Estatuto universitario.



El componente más sensible y de mayor impacto institucional dentro del escrito radica en la durísima recusación planteada contra el camarista Mario Leal. Se da la particularidad de que Leal fue el único integrante del tribunal que votó en disidencia (a favor de permitir la postulación) en el fallo que frenó la reelección del rector Pagani.

Los candidatos opositores fundan el pedido de apartamiento del magistrado bajo los siguientes argumentos centrales:

    Interés directo en el proceso: Sostienen que el juez fue candidato y resultó electo como consejero suplente de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la UNT, lo que compromete severamente su imparcialidad en causas electorales universitarias.

    Incompatibilidad de funciones: El escrito judicial califica como "completamente incompatible" que una persona se someta a las reglas y resoluciones de la Junta Electoral de la UNT como candidato y, simultáneamente, actúe como juez federal revisor de la legalidad de los actos dictados por ese mismo organismo.

    Tercer mandato consecutivo: Denuncian que el propio Leal está asumiendo su tercer mandato consecutivo como consejero, por lo que su situación personal y su propia continuidad no resultan ajenas al resultado final de este litigio.


Sobre esta base, la querella solicitó formalmente que se haga lugar a la recusación o que el propio magistrado proceda a apartarse por motus proprio para resguardar la garantía de imparcialidad republicana.