El Poder Ejecutivo promulgó este jueves la Ley 27.805 sobre Armas de Fuego, que prevé la regularización sobre la tenencia y la extensión del Programa de Entrega Voluntaria.
La norma se sancionó el mes pasado en el Senado, luego de esperar con media sanción desde octubre de 2024.
La ley plantea, por un lado, un procedimiento de regularización de la tenencia de armas de fuego en todo el territorio nacional para aquellas personas humanas o jurídicas que posean armas de fuego de uso civil o de uso civil condicional o sus repuestos principales, que no se encuentren registrados de conformidad con la normativa vigente.
Para esto habrá un plazo de 360 días, y quien posea armas no autorizadas deberá presentarse ante la Agencia Nacional de Materiales Controlados (ANMaC), organismo que a su vez deberá realizar una intensa campaña de difusión a los efectos de informar sobre la ley.
Cumplidas las verificaciones técnicas y registrales correspondientes, se inscribirán el arma y su poseedor en el Banco Nacional Informatizado de Datos de la ANMaC. Si la persona no fuese legítimo usuario de armas de fuego, tendrá que iniciar el trámite junto con la autorización de tenencia.
En tanto, si se detectasen impedimentos registrales o técnicos graves, se realizarán los procedimientos administrativos y/o judiciales necesarios para retirar el material.
Por otra parte, se prorroga desde el 1ro. de enero de 2024 al 31 de diciembre de 2027 el Programa Nacional de Entrega Voluntaria de Armas de Fuego, creado por la Ley 26.216 de 2007 y prorrogado sucesivamente desde entonces.
