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El Gobierno pospuso hasta diciembre la puesta en marcha de los Fondos de Asistencia Laboral

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A través del Decreto 1228/2026 publicado en el Boletín Oficial, la administración nacional oficializó una nueva postergación para la entrada en vigencia de los Fondos de Asistencia Laboral (FAL), el régimen ideado para cubrir las obligaciones de los empleadores al concluir una relación laboral.

 La fecha de inicio, prevista inicialmente para el 1 de junio y luego trasladada al 1 de noviembre, quedó formalmente fijada para el próximo 1 de diciembre, agotando de este modo el plazo máximo de seis meses de prórroga autorizado por la Ley de Modernización Laboral.

La decisión gubernamental se instrumentó tras una serie de presentaciones técnicas canalizadas a través de la Comisión Nacional de Valores (CNV) por parte de las cámaras que agrupan a los fondos comunes de inversión, los fideicomisos y los agentes de bolsa, entidades que advirtieron sobre la necesidad de realizar ajustes operativos antes de implementar el sistema.


Ajustes técnicos y motivos de la postergación en el mercado de capitales

De acuerdo con los fundamentos expresados en la normativa oficial, el aplazamiento responde estrictamente a la necesidad de perfeccionar los procedimientos y los sistemas informáticos indispensables para la correcta administración de los recursos financieros. El Poder Ejecutivo remarcó que resulta indispensable concretar un período exhaustivo de pruebas operativas para detectar y corregir de manera anticipada cualquier error, inconsistencia o demora técnica que pudiera comprometer el lanzamiento del esquema.

Las entidades del mercado de capitales habían solicitado un margen mayor para alinear la infraestructura tecnológica y garantizar la seguridad operativa de los instrumentos, argumentos que fueron contemplados por las autoridades nacionales para asegurar un desembarco transparente y blindado contra fallas sistémicas.


Extensión del período de carencia y acumulación de recursos

Junto con la postergación de la fecha de inicio, el decreto introdujo un cambio sustancial en la estructura del régimen al modificar la extensión del denominado período de carencia, que representa el tiempo mínimo obligatorio durante el cual deben acumularse las contribuciones patronales antes de que los fondos queden habilitados para atender las obligaciones previstas.

Mediante la nueva disposición, dicho plazo se amplió de seis a doce períodos mensuales completos y consecutivos de aportes. El cómputo de este lapso comenzará a regir a partir del mes en el cual la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (Arca) registre de manera efectiva el ingreso de la primera contribución por parte de cada empleador. Desde el Gobierno argumentaron que el plazo original resultaba insuficiente para reunir la masa crítica de recursos necesaria durante la etapa inicial, por lo que la extensión busca consolidar una sólida base financiera que garantice la sustentabilidad y estabilidad de los fondos desde el primer día de operatividad.


Alcance del sistema y coordinación institucional


Los Fondos de Asistencia Laboral se instrumentarán formalmente a través de fondos comunes de inversión abiertos y fideicomisos financieros, operando bajo la estricta supervisión de la Comisión Nacional de Valores y requiriendo una articulación constante entre el Ministerio de Economía, la Secretaría de Trabajo, Arca y los principales actores del mercado de capitales y de servicios tecnológicos.

El universo de aplicación del régimen alcanzará de manera general a los empleadores del ámbito privado, manteniendo las excepciones contempladas en la Ley de Modernización Laboral y excluyendo expresamente a las relaciones laborales correspondientes al sector público nacional, provincial, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y municipal. La norma lleva las firmas del presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Diego Santilli, la ministra de Capital Humano Sandra Pettovello y el ministro de Economía Luis Caputo, consolidando el marco regulatorio definitivo que regirá en todo el país a partir del último mes del año.