Inicio / Politica / AISLAMIENTO POR CORONAVIRUS

Denuncian que un Call Center obliga a sus trabajadores a asistir a pesar de la cuarentena

- -
Según aseguraron desde el SEOC, la empresa AEGIS obliga a sus trabajadores a hacerse presente en sus lugares de trabajo, cuando la función que realizan –sostiene el gremio- no está dentro de las excepciones del DNU de aislamiento total y obligatorio.

“Es totalmente ilegal que quieran obligar a nuestros compañeros a asistir a los lugares de trabajo cuando estamos en medio de un decreto de aislamiento total y obligatorio”, expresó Esteban Vergara, delegado del SEOC.

Este sábado, acompañado por un abogado, el referente gremial se hizo presente en la empresa AEGIS, ubicado en calle Alberdi 160, para reclamar que se deje de intimar a los trabajadores para obligarlos a presentarse a trabajar. Según denunció Vergara, esta empresa les comunicó a varios empleados, vía Whatsapp, que debían presentar a sus lugares de trabajo, a pesar de estar vigente el aislamiento total, preventivo y obligatorio decretado por el presidente Alberto Fernández.

Al llegar al lugar para intentar dialogar con las responsables a cargo, el dirigente se encontró con que ninguno estaba presente en el lugar, solamente un grupo de jóvenes que habían asistido bajo temor de ser sancionados. Además, se dio con la noticia de que su tarjeta de ingreso había sido inhabilitada.

 “Lo que están haciendo es arbitrario, es un delito y va en contra de lo dictado por el presidente. Nuestros compañeros deben hacer la cuarentena como corresponde”, subrayó.

Los mismos trabajadores habían advertido ya sobre esta situación a través de las redes sociales. Se trata de un grupo que no cuenta con las herramientas en sus hogares para aplicar la metodología teletrabajo (homeoffice), a los cuales se les notificó que de no asistir se les suspendería el contrato “por causa mayor”, con lo cual solo percibirían una “asignación no remunerativa” por el lapso que dure la cuarentena.

Sobre esta situación, desde el gremio aclararon que se encuentran protegidos por las normativas fijadas por el presidente, por lo cual deben percibir los salarios remunerativos como es habitual. “No les va a pasar nada. Están protegidos por el decreto de necesidad y urgencia. Nosotros no somos servicio esencial”, puntualizó Vergara.

En este sentido, el delegado explicó que los centros de contacto no suministran servicios de acceso a instalaciones de voz, datos, texto, sonidos o transmisión de video a través de redes de cable, inalámbricas o satelitales, que son los que están exceptuados por el DNU. Al contrario, sostiene Vergara, las funciones de los trabajadores están limitadas a la atención al cliente o soporte técnico.