El Ministerio Público Fiscal (MPF) convocó a una audiencia que se llevó adelante este jueves 31 de julio con el objetivo de exponer formalmente un acuerdo de juicio abreviado que además lleva la firma del imputado Pablo Nicolás Lescano (21) y su defensa técnica.
Fue en el marco de la causa que investigó un violento episodio sucedido el 20 de octubre del año pasado, en Villa Mariano Moreno, y que terminó con la muerte de Javier Exequiel Ortiz (18) dos días después, como consecuencia de haber sufrido una herida de arma blanca en la cabeza.
Una vez narrada la teoría del caso, la auxiliar de fiscal María José Agüero indicó que la calificación jurídica atribuida es la de autor de homicidio simple en grado de tentativa. Y, al enumerar una por una las pruebas recolectadas, explicó por qué se decidió por ese delito y no por el homicidio consumado.
“Si bien se habían acreditado las lesiones producidas a la víctima, producto de la utilización de un arma blanca, en este caso la muerte de la víctima no puede atribuirse de manera directa a Lescano porque Ortiz se retiró del hospital público sin recibir la atención médica, pese a haber sido advertido de las consecuencias que esto podría traer aparejada”, manifestó la representante del MPF.
Informes del hospital
Entre las pruebas recolectadas, Agüero destacó unos informes del hospital Padilla. “Uno del 21 de octubre del 2024, de que a horas 03:02 el paciente se retiró del nosocomio sin evaluación del servicio de guardia, sin el alta médica y se negó a realizar una sutura. Se le advirtió a él y sus familiares sobre las consecuencias de esto, no obstante, se retiró voluntariamente. Luego, hay un informe del 22 de octubre donde se registra que, en esa fecha, a las 09:00 de la mañana, se constató la muerte de Ortiz bajo criterios neurológicos”, sostuvo.
"En definitiva, las conclusiones son que la víctima falleció como consecuencia de un traumatismo encefalocraneano por una herida de arma blanca. Posteriormente se agregó un informe ampliatorio, donde se consignó que el retiro del paciente del hospital sin la atención médica redujo significativamente las oportunidades de intervención temprana, las cuales habrían incrementado las probabilidades de evitar este desenlace fatal”, cerró la funcionaria del MPF.
Tras las rejas
Las partes pactaron que Lescano –que reconoció su participación en el hecho– sea condenado a la pena de cinco años y cuatro meses de prisión de cumplimiento efectivo.
Finalmente, el juez interviniente hizo lugar a lo requerido, declarando admisible el convenio pleno de juicio abreviado y ordenando el inmediato alojamiento en un complejo del servicio penitenciario.
El hecho investigado
El 20 de octubre de 2024, a las 22:30 horas, Ortiz estaba adentro de la casa de su madre, en Villa Mariano Moreno (Las Talitas), cunado arribó al lugar Lescano, produciéndose una discusión entre ambos.
El imputado sacó de entre sus prendas un cuchillo y, con intenciones de ocasionarle la muerte, le asestó una puñalada en la cabeza, no logrando su cometido ya que la víctima fue trasladada inmediatamente al Hospital Padilla. Sin embargo, pocas horas después, a las 03:00 de la madrugada, Ortiz se retiró de manera voluntaria sin el alta médica correspondiente./MPF