La sentencia fue dictada por el juez Mario Velázquez, quien homologó un acuerdo de juicio abreviado donde los imputados reconocieron su culpabilidad. Durante el fallo, el magistrado criticó con dureza que la causa hubiera sido archivada en un principio y valoró la decisión del fiscal regional, Miguel Ángel Varela, de reabrir el expediente.
El origen del caso: un accidente y una farsa contravencional
El episodio comenzó la madrugada del 27 de marzo de 2023, cuando la víctima, Roberto Andrés Marchese, protagonizó un accidente de tránsito en la intersección de la Ruta Nacional 38 y calle Italia, en Monteros. Tras el choque, el hombre colaboró con los procedimientos y fue trasladado para realizarse estudios médicos.
Sin embargo, la situación cambió drásticamente en la comisaría:
Marchese se encontraba en estado de shock y surgieron inconvenientes para completar un análisis de orina.
Ante esto, los policías armaron una causa contravencional falsa acusándolo de "alterar el orden público" para justificar su detención.
Un oficial confeccionó el sumario con datos falsos y otro efectivo aportó un testimonio falso para respaldarlo, versiones que luego fueron desmentidas por las actas del propio accidente vial.
Brutal agresión en el calabozo
Una vez privado de su libertad ilegalmente, Marchese fue alojado en un calabozo junto a otras 17 personas, donde sufrió una violenta golpiza.
La prueba clave: Los informes médicos demostraron que, inmediatamente después del accidente de tránsito, el hombre no presentaba heridas compatibles con una agresión. Sin embargo, horas más tarde y tras su paso por el calabozo, se le constataron numerosos hematomas, golpes y excoriaciones.
Las condenas y el severo llamado de atención
El juez Velázquez remarcó que este tipo de delitos cometidos por las fuerzas de seguridad "afectan la confianza pública y representan una amenaza para el Estado de Derecho", advirtiendo además que las pruebas para condenarlos ya existían cuando la causa fue archivada por primera vez.
Las penas dispuestas para los efectivos fueron las siguientes:
Efectivo Imputado Condena Delitos
Policía 1 1 año de prisión condicional Falsedad ideológica y participación necesaria en lesiones leves.
Policía 2 6 meses de prisión condicional Falso testimonio y participación en las lesiones.
Ambas condenas, al ser de ejecución condicional, imponen a los ahora condenados la obligación de cumplir estrictas reglas de conducta, realizar una reparación económica a la víctima y la prohibición absoluta de mantener cualquier tipo de contacto con ella.
