Reglamentaron la Ley de Bio y Nanotecnología

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Desde el Frente de Todos remarcaron que Argentina “necesita más incentivos para los que vienen a invertir”. La norma había sido promulgada por el Gobierno Nacional el 16 de septiembre.
El diputado nacional Marcelo Casaretto (FdT – Entre Ríos) destacó a través de su cuenta de Twitter la reglamentación de la Ley de Biotecnología y Nanotecnología que fue aprobada en el Congreso el 1ro de septiembre.

“Ley de Biotecnología y Nanotecnología: Se publicó en el Boletín Oficial el Decreto 853/22 que Reglamenta la Ley 27.685, que prorroga y amplía la Ley 26.270. Como presidente de la Comisión de Industria fui el miembro informante en el Congreso el 5 de Julio pasado”, informó.

Casaretto recordó que “la Ley se aprobó con 224 votos afirmativos, 7 negativos y 1 abstención. Luego la aprobó el Senado y se promulgó”, y destacó: “Con esta Reglamentación, ya tienen plena vigencia los beneficios impositivos que establecen incentivos a las inversiones en el sector”.

Por último, planteó que “Argentina necesita más incentivos para los que vienen a invertir, sobre en estos procesos con investigación, desarrollo y tecnología aplicada”.

Mediante la reforma de la Ley 26.270, se incorporó a la nanotecnología, definida como “toda aplicación tecnológica del conjunto de técnicas y ciencias en las cuales se estudian, manipulan y obtienen -de manera controlada- materiales, sustancias y dispositivos de dimensiones nanométricas”.

En cuanto a beneficios impositivos, prevé la amortización acelerada en el impuesto a las Ganancias, devolución del IVA y conversión en bono de crédito fiscal en un 50% para los titulares de proyectos de investigación y/o desarrollos aprobados. De los dos primeros beneficios también gozarán los titulares de los proyectos de producción de bienes y/o servicios.

La norma indica que “serán aprobados únicamente los proyectos que impliquen un impacto tecnológico fehaciente y cuyos o cuyas titulares demuestren solvencia técnica y capacidad económica y/o financiera para llevarlos a cabo y que cumplan con los requisitos de bioseguridad establecidos por la normativa vigente”.

En tanto, se otorgarán hasta un máximo de 1 proyecto por año por cada persona humana y un máximo de 3 proyectos por año por cada persona jurídica.

Asimismo, se establece que deberá existir una comunicación entre la AFIP y el Ministerio de Economía “a efectos de verificar y controlar el estado de aplicación y uso de los beneficios fiscales”. Entre otros puntos, estipula la creación de una Comisión Consultiva para la Promoción de la Biotecnología y la Nanotecnología.