Ficha Limpia recargada: presentan un nuevo proyecto que puede ser tratado este año

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La iniciativa es impulsada por el diputado formoseño Fernando Carbajal y no requiere mayoría especial para ser aprobada, ya que no se trata de una ley electoral sino penal. Aplica a todos los delitos con penas privativas de la libertad cuya sentencia se encuentre en ejecución. Si se aprobara el proyecto, Cristina Fernández no solamente no podrá ser candidata sino que debería ir presa, aún cuando la sentencia no esté firme.

Tras el naufragio de Ficha limpia en el Senado el pasado 7 de mayo por tan solo un voto de la mayoría requerida (37) para su aprobación, desde el bloque Democracia Para Siempre impulsan una iniciativa alternativa que puede ser tratada este mismo año.

El proyecto fue presentado por el diputado formoseño Fernando Carbajal que propone reformular el Código Procesal Penal Federal, en lugar del Código Electoral, por lo que puede ser tratada en este año legislativo. “Se busca dar respuesta a uno de los aspectos más controversiales que presenta nuestra administración de justicia en el ámbito de la justicia penal”, señala en la iniciativa.

Además, propone establecer legalmente mediante la reforma del Código Procesal Penal Federal (CPPF), que “la sentencia penal condenatoria quedará en condiciones de ser ejecutada luego que se haya cumplido con el requisito el doble conforme, entendiendo que el mismo queda satisfecho cuando el tribunal casatorio haya declarado improcedente el recurso federal extraordinario de inconstitucionalidad”.

Al respecto, explica: “Dictada una sentencia de condena por un tribunal de instancia única, la misma puede ser revisada por un tribunal casatorio o de impugnación (la Cámara Federal o Nacional de Casación Penal, o los Tribunales de Impugnación o Superiores Tribunales Provinciales según quien ejerza el control de doble conforme). Confirmada la Sentencia de condena queda habilitado el recurso extraordinario”.

Este proyecto implica establecer una “verdadera ley de ficha limpia, y no los mamarrachos jurídicos que algunos irresponsables han agitado en los últimos tiempos con inconfesables fines políticos de baja estofa”.

“En sus efectos prácticos la presente Ley implica que una Sentencia de condena se ejecutará cuando obtenga doble conforme (conforme lo establecía la malograda ley de ficha limpia); y luego de declarado inadmisible el REF, lo cual es resuelto por el mismo tribunal de Casación”, agrega.

Así, precisa que la ejecutoriedad de la Sentencia de instancia única con doble conforme tiene los mimos efectos que “la malograda y mal llamada ley de ficha limpia recientemente rechazada por el Senado, con la enorme diferencia que se aplicara para todos los condenados por delitos a tres o más años y para todas las personas, en tanto la sentencia de condena implica la inhabilitación”, y suma: “Ello así no es necesario esperar la resolución de la Corte Suprema, salvo caso de concesión del Recurso Extraordinario, para que todos los aspectos de la Sentencia se ejecuten, desde la prisión hasta la inhabilitación para el ejercicio de cargos públicos”.

"Hemos presentado un proyecto de ley por el cual proponemos reformar el Código Procesal Penal Federal y aclarar el concepto que ya la Corte ha establecido en el sentido de que el recurso extraordinario federal y el recurso de queja no suspenden la ejecución de la sentencia. Esto implica que con el doble conforme todas las sentencias penales deben ejecutarse", explicó Carbajal quien fue juez.

Pasando en limpio, de aprobarse el proyecto, a partir de que un tribunal de segunda instancia rechaza el Recurso Extraordinario Federal, comienza la ejecución de la pena. Como el Código Electoral establece que no pueden formar parte del padrón las personas condenadas con sentencias en ejecución -siempre que las mismas sean privativas de la libertad-, y como esa es una condición necesaria para ser candidato a cualquier comicio nacional o bien, ocupar cargos jerárquicos dentro de los Partidos Políticos, la modificación propuesta al CPPF operaría como filtro sin importar que la Justicia haya resuelto una inhabilitación especial.

Al igual que con la versión anterior de Ficha Limpia, la expresidenta Cristina Fernández cumple con todos los requisitos establecidos en la iniciativa de Carbajal. La titular del PJ Nacional fue condenada en 2 instancias a 6 años de prisión y la Cámara de Casación rechazó el Recurso Extraordinario Federal. Si el Congreso resolviera dar luz verde al proyecto, CFK no solamente no podría ser candidata, sino que debería cesar en sus funciones como presidenta del PJ y, lo más sensible, debería ir presa.