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Convulsión gremial por el intento del Gobierno de eliminar el derecho de huelga

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El Gobierno de Milei eliminó este miércoles, por Decreto el derecho de huelga. Las organizaciones están sacando pronunciamientos y las Federaciones activan reuniones. Ya hay pedido y llamados cruzados para que haya un encuentro de urgencia en CGT. Buscan activar una respuesta en conjunto por la magnitud y el impacto de la medida.

El Gobierno nacional avanzó hoy con medidas clave para el ámbito laboral y productivo que implican un avance determinante sobre derechos consagrados constitucionalmente. Se trata de algo que ya intentó en el inicio de su mandato, pero que la Justicia frenó.

A través del Decreto 340/2025 publicado en el Boletín Oficial, estableció un nuevo régimen para los conflictos colectivos que involucren lo que definen como servicios esenciales o actividades de importancia trascendental. En concreto, elimina el derecho de huelga.

Una vez que tomaron conocimiento, los principales dirigentes cegetistas empezaron a cruzar llamados. Cada uno está elaborando pronunciamiento de su gremio y ya se activaron las primeras respuestas por Federaciones que irán saliendo en el curso de los próximos minutos.

Pero por la magnitud de la situación aspiran a una respuesta conjunta como ocurrió, por caso, con el Decreto 70/2023.

"Ya estamos todos en comunicación permanente. En las próximas 24 horas nos vamos a estar juntando para tener una posición en conjunto", le dijo una importante fuente del sector a InfoGremiales. Se cree que la cita será en el edificio de Azopardo 802.

Se espera que la decisión oficial sea impugnada judicialmente como ya ocurrió en 2023 con la normativa análoga. Es más, todos creen que la Justicia la frenará.

Para los gremios implicaría la eliminar la posibilidad de encarar un paro en un momento en el que el Gobierno Nacional, adicionalmente, estipula un cepo férreo a las negociaciones paritarias con la que prácticamente todas las actividades. Algunos también aspiran a tener contactos con el arco político opositor para activar una respuesta también en el plano legislativo.

Es una historia en desarrollo pero que tiene a muchos actores involucrados y un nivel de convulsión como pocas veces en el pasado cercano.

Servicios esenciales en sentido estricto las siguientes actividades:

a. Los servicios sanitarios y hospitalarios, así como el transporte y distribución de medicamentos e insumos hospitalarios y los servicios farmacéuticos;

b. La producción, transporte y distribución y comercialización de agua potable, gas y otros combustibles y energía eléctrica;

c. Los servicios de telecomunicaciones, incluyendo internet y comunicaciones satelitales;

d. La aeronáutica comercial y el control de tráfico aéreo y portuario; incluyendo balizamiento, dragado, amarre, estiba, desestiba, remolque de buques y todos los servicios portuarios;

e. Los servicios aduaneros y migratorios, y demás vinculados al comercio exterior;

f. El cuidado de menores y educación de niveles guardería, preescolar, primario y secundario, así como la educación especial;

g. El transporte marítimo y fluvial de personas y/o mercaderías y/o carga, servicios conexos y operaciones costa afuera, a través de los distintos medios que se utilicen para tal fin.

Actividades de importancia trascendental las siguientes:

a. La producción de medicamentos y/o insumos hospitalarios;

b. El transporte terrestre y subterráneo de personas y/o mercaderías a través de los distintos medios que se utilicen para tal fin;

c. Los servicios de radio y televisión;

d. Las actividades industriales continuas, incluyendo siderurgia y la producción de aluminio, actividad química y la actividad cementera;

e. La industria alimenticia en toda su cadena de valor;

f. La producción y distribución de materiales de la construcción, servicios de reparación de aeronaves y buques, todos los servicios aeroportuarios, servicios logísticos, actividad minera, actividad frigorífica, correos, distribución y comercialización de alimentos y bebidas, actividad agropecuaria y su cadena de valor;

g. Los servicios bancarios, financieros, servicios hoteleros y gastronómicos y el comercio electrónico;

h. La producción de bienes y/o servicios de toda actividad que estuvieran afectados a compromisos de exportación.