19.05.26
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La Dirección de Comercio insta a la ciudadanía a denunciar los cobros indebidos a jubilados

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La Dirección de Comercio Interior de Tucumán encendió las alarmas ante la detección de descuentos automáticos no autorizados en las liquidaciones de haberes de la clase pasiva. En este marco, las autoridades instaron a los ciudadanos a revisar exhaustivamente los resúmenes de cuentas de sus familiares mayores para frenar el impacto de maniobras abusivas que reducen sus ingresos de forma silenciosa.
La proliferación de débitos automáticos por coberturas no contratadas ha configurado una maniobra sistemática que lesiona de forma directa los ingresos de los sectores previsionales más vulnerables de la provincia. El director de Comercio Interior, Manuel Canto, advirtió sobre la ilegalidad de estas prácticas comerciales recurrentes que aplican las entidades financieras. El funcionario provincial remarcó que "está prohibido cualquier venta que se realice de manera automática esperando que aquel -afectado- se exprese negativamente". Ante este escenario, la repartición pública activó un plan de contingencia para auditar el origen de los cargos cuestionados y exigir el cese inmediato de las retenciones unilaterales.

La normativa vigente establece exigencias estrictas de validación para asegurar la transparencia en la contratación de cualquier tipo de paquete financiero o seguro complementario. Las empresas denunciadas están obligadas a comparecer ante el organismo de control para aportar las pruebas que acrediten la aceptación fehaciente de las prestaciones en litigio. Canto detalló que las prestatarias deberán justificar los débitos mediante "consentimiento por escrito o con los datos biométricos", bajo apercibimiento de severas multas económicas. De comprobarse la irregularidad, el Estado provincial debe imponer sanciones y demandar la restitución del capital retenido junto con los intereses correspondientes.

El origen del fraude suele camuflarse con frecuencia dentro de los contratos de asistencia financiera legítimos que los jubilados suscriben con los bancos. Las auditorías oficiales detectaron que la concesión de créditos personales suele incluir la imposición forzosa de coberturas accesorias que superan los límites legales tolerados. Desde el organismo estatal aclararon que "un préstamo tiene un seguro, pero no dos ni tres, y tampoco es obligatorio comprarle un servicio". La maniobra ilegal se consolida cuando los descuentos de las pólizas persisten en los resúmenes bancarios aun después de que el beneficiario ha cancelado la totalidad de las cuotas.

Para revertir estos cobros indebidos, los damnificados deben iniciar un reclamo formal ante la sucursal bancaria emisora, que dispone de diez días hábiles para emitir una respuesta institucional. En caso de rechazo o silencio por parte de la empresa, el usuario debe radicar la denuncia en la Dirección de Comercio Interior bajo el amparo de la Ley 24.240. La tramitación del reclamo es de carácter gratuito.