Pocos antes de la medianoche del viernes la sala III de la Cámara en lo Contencioso Administrativa resolvió la cuestión de fondo y entendió que la candidatura del senador Sergio Mansilla para las elecciones provinciales de este domingo va en contra de la Constitución Provincial por lo cual está inhabilitado para estos comicios.
Un duro golpe le asestaron a las pretensiones del Frente para la Victoria y fundamentalmente al senador Sergio Mansilla, quien no está habilitado a participar como candidato a legislador provincial en las elecciones de este domingo. Así se desprende del fallo de la sala III de la Cámara en lo Contencioso Administrativo, que resolvió contra el postulante del oficialismo al considerar que viola lo dispuesto por la Constitución de Tucumán, que sólo permite una reelección y com Mansilla ya fue electo en las dos últimas elecciones provinciales (2007 y 2011), no está en condiciones de ser candidato.
Sin embargo, desde el oficialismo advierten que como el fallo no está firme, queda la instancia de la apelación, este domingo irán con las boletas del Frente para la Victoria con Mansilla como candidato a legislador por la sección Oeste.
El miércoles pasado, los vocales René Goane, Antonio Estofán y Claudia
Sbdar saltearon la instancia -por pedido del dirigente oficialista
interesado y del Poder Ejecutivo- y levantaron la medida cautelar que
impedía la nueva candidatura del parlamentario. La Corte sostuvo que, en
el caso de ganar, Mansilla no será proclamado ni asumirá hasta que
concluya el juicio que inició el amayista Walter Berarducci, y siempre
que una sentencia firme y definitiva se lo permita.
Pero la decisión de en las últimas horas del viernes la Justicia declaró que la candidatura a legislador de Mansilla, viola la Constitución de Tucumán.
Ebe López Piossek y Rodolfo Novillo, camaristas en lo contencioso
administrativo, resolvieron que esa postulación es contraria a la
cláusula de la Carta Magna que prohíbe la re-reelección.
Vale resaltar una parte del fallo para terminar con este tema:
"La cuestión es simple. Para reducirla a
dos palabras, la clave está en identificar cuál es el hecho que está impedido
por el referido art. 45: ¿es la “reelección” pura y simple?, ¿o
es la “reelección” seguida por la “reasunción” efectiva en
el cargo de legislador?.
A nuestro leal saber y entender, es
suficiente una simple lectura del artículo 45 de la Constitución de Tucumán
para alcanzar a ver que el significado es clarísimo y está al alcance del
sentido común de todos".stión es simple. Para reducirla a dos palabras, la clave está en identificar cuál es el hecho que está impedido por el referido art. 45: ¿es la “reelección” pura y simple?, ¿o es la “reelección” seguida por la “reasunción” efectiva en el cargo de legislador?.
A nuestro leal saber y entender, es suficiente una simple lectura del artículo 45 de la Constitución de Tucumán para alcanzar a ver que el significado es clarísimo y está al alcance del sentido común de todos.
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http://contextotucuman.sectorlink.org/nota/17992/la-justicia-declaro-ilegal-la-candidatura-de-mansilla-impugnarian-sus-boletas.html#sthash.Z3KELU4a.dpuf
El
miércoles, los vocales René Goane, Antonio Estofán y Claudia Sbdar
saltearon la instancia -por pedido del dirigente oficialista interesado y
del Poder Ejecutivo- y levantaron la medida cautelar que impedía la
nueva candidatura del parlamentario. La Corte sostuvo que, en el caso de
ganar, Mansilla no será proclamado ni asumirá hasta que concluya el
juicio que inició el amayista Walter Berarducci, y siempre que una
sentencia firme y definitiva se lo permita.
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http://contextotucuman.sectorlink.org/nota/17992/la-justicia-declaro-ilegal-la-candidatura-de-mansilla-impugnarian-sus-boletas.html#sthash.Blt9nKv9.dpuf
El
miércoles, los vocales René Goane, Antonio Estofán y Claudia Sbdar
saltearon la instancia -por pedido del dirigente oficialista interesado y
del Poder Ejecutivo- y levantaron la medida cautelar que impedía la
nueva candidatura del parlamentario. La Corte sostuvo que, en el caso de
ganar, Mansilla no será proclamado ni asumirá hasta que concluya el
juicio que inició el amayista Walter Berarducci, y siempre que una
sentencia firme y definitiva se lo permita.
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El
miércoles, los vocales René Goane, Antonio Estofán y Claudia Sbdar
saltearon la instancia -por pedido del dirigente oficialista interesado y
del Poder Ejecutivo- y levantaron la medida cautelar que impedía la
nueva candidatura del parlamentario. La Corte sostuvo que, en el caso de
ganar, Mansilla no será proclamado ni asumirá hasta que concluya el
juicio que inició el amayista Walter Berarducci, y siempre que una
sentencia firme y definitiva se lo permita.
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