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Qué hacer con las boletas del Frente de Todos que no son válidas

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Muchas de las papeletas ya habían sido repartidas en hogares y en la vía pública. Por esto, desde la Junta Electoral instan a la población y, en especial, a los partidos políticos a llevar los mazos de boletas no válidas para los comicios del 11 de junio al depósito del CIAT en Tafí Viejo o bien, reciclarlas por su cuenta.
La Junta Electoral Provincial procedió este miércoles a la destrucción para su posterior reciclaje de la totalidad de los votos del Frente de Todos por Tucumán Lista 830 y de sus acoples, que quedaron inválidos como consecuencia del cambio del candidato a vicegobernador, luego de la suspensión de las elecciones provinciales el 14 de mayo pasado por disposición de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

La documentación, con un peso total de 10.860 kilogramos, fue trasladada desde los galpones de la empresa de logística con custodia policial hasta la planta del Centro de Interpretación Ambiental y Tecnológico (CIAT), ubicada en Tafí Viejo, en donde se transformará en nuevo papel reciclado.

No obstante, esta medida no eliminó todas las papeletas que se imprimieron con motivo de la fallida convocatoria, puesto que una gran cantidad de boletas ya habían sido entregadas en las calles y en los hogares o quedaron en posesión de dirigentes partidarios. Desde la JEP instan a la gente y a los partidos políticos a procurarles el mismo destino que los mazos que estaban en manos de la autoridad electoral.

“Las boletas que fueron destruidas son las que los partidos del Frente de Todos y sus acoples presentaron ante la Junta Electoral, pero queda una gran cantidad de boletas en las calles. Deben desecharlas en cada casa o en los propios partidos políticos. Instamos a que sea reciclado, como hicimos al enviar los mazos de boletas al CIAT de Tafí Viejo, y no que sea tirado en la vía pública”, expresó al aire de Radio Prensa el vocero de la JEP, Carlos Amaya.

Votos válidos e inválidos

El 11 de junio, cuando los tucumanos concurran a las urnas, se encontrarán que en el cuarto oscuro habrá boletas que tendrán dos fechas distintas: las del oficialismo y sus 61 acoples exhibirán la fecha del 11 de junio; los demás partidos tendrán como fecha el 14 de mayo. Cabe aclarar que solo aquellos que llevaban a Juan Manzur como candidato a vicegobernador debieron cambiar sus papeletas, quedando en vigencia las de todos los otros espacios políticos que ya habían sido aprobadas por la JEP para la primera convocatoria.

“Son votos válidos si tienen fecha del 14 de mayo la de los partidos de oposición. Las del oficialismo solamente si tienen fecha del 11 de junio”, remarcó Amaya que, de todos modos, para llevar tranquilidad a la gente aseguró que en el cuarto oscuro solamente se encuentran los votos oficializados.

Cronograma electoral

A partir del próximo jueves 8 de junio, día que se vence el plazo para la aprobación de los fiscales generales de cada partido, comenzará el envió de las urnas, mazos de boletas oficializadas y útiles pertinentes para el día de la elección a las escuelas de alta montaña. En los días siguientes se completará el envío al resto de las escuelas, donde se mantendrán en custodio hasta el comicio.

El viernes 9 de junio, a las 8 horas, comenzará la veda electoral, la cual se extiende hasta 3 horas después del cierre de los comicios, es decir, hasta las 21 horas del domingo 11 de junio.

Se trata de una serie de prohibiciones cuyo propósito es el de generar un espacio de reflexión para que la ciudadanía considere las propuestas y proyectos presentados durante la campaña, pero también para garantizar que los comicios se realicen de la manera más ordenada y pacífica posible.

Las mismas están comprendidas en el artículo 71 del Código Electoral Nacional, y aunque algunas provincias adecuaron la veda con normativas propias, en Tucumán se asumió como propio el texto nacional.

De este modo, queda prohibido:

  • a) Admitir reuniones de electores o depósito de armas durante las horas de la elección a toda persona que en los centros urbanos habite una casa situada dentro de un radio de ochenta metros (80 m) alrededor de la mesa receptora.
  • b) Los espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados, fiestas teatrales, deportivas y toda clase de reuniones públicas que no se refieran al acto electoral, durante su desarrollo y hasta pasadas tres horas de ser clausurado.
  • c) Tener abiertas las casas destinadas al expendio de cualquier clase de bebidas alcohólicas, desde las 20 horas del sábado 10 de junio, hasta transcurridas tres horas del cierre del comicio.
  • d) Ofrecer o entregar a los electores boletas de sufragio dentro de un radio de ochenta metros (80 m.) de las mesas receptoras de votos, contados sobre la calzada, calle o camino.
  • e) A los electores, la portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos durante el día de la elección, doce horas antes y tres horas después de finalizada.
  • f) Realizar actos públicos de proselitismo y publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales, desde cuarenta y ocho horas antes de la iniciación del comicio y hasta el cierre del mismo.
  • g) La apertura de organismos partidarios dentro de un radio de ochenta metros (80 m.) del lugar en que se instalen mesas receptoras de votos. La Junta Electoral Nacional o cualquiera de sus miembros podrá disponer el cierre transitorio de los locales que estuvieren en infracción a lo dispuesto precedentemente. No se instalarán mesas receptoras a menos de ochenta metros (80 m.) de la sede en que se encuentre el domicilio legal de los partidos nacionales o de distrito.
  • h) Publicar o difundir encuestas y proyecciones sobre el resultado de la elección (incluidos los famosos boca de urna) durante la realización del comicio y hasta tres horas después de su cierre.