La actualización salarial en el sector comercio para octubre de 2025 responde a un esquema que incluye un incremento del 1% sobre el sueldo básico de cada categoría y el pago mensual adicional de $40.000, vigente hasta diciembre del mismo año.
Esta información surge del acuerdo celebrado entre la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (Faecys) y las cámaras empresariales, a partir de las paritarias que definieron la política de incrementos salariales para uno de los gremios más numerosos de la economía formal argentina.
Los pagos impactan en miles de personas de todo el país, en puestos administrativos, de maestranza, ventas y cajas de establecimientos comerciales de distinta escala y rubro. El aumento mensual por convenio lleva el básico de cada categoría a nuevos valores en octubre.
Las escalas corresponden a las funciones y tareas específicas que desempeñan los empleados, con segmentación particular para maestranza, administración, cajas, asistentes y auxiliares especializados, entre otros sectores clave que sostienen la operatoria de los comercios y supermercados en Argentina.
La escala salarial vigente para octubre de 2025 ubica a Maestranza A en $1.075.875, Maestranza B alcanza los $1.078.874 y Maestranza C sube a $1.089.380. Estos montos corresponden a los sueldos básicos, excluyendo la suma fija mensual, y representan la base para actividades como limpieza, mantenimiento y servicios generales dentro de los comercios y supermercados.
Las diferencias entre categorías reflejan el tipo de tareas y la antigüedad en el puesto. En el sector administrativo, la estructura contempla seis escalones.
El personal bajo la categoría Administrativo A pasa a percibir $1.087.131, Administrativo B cobra $1.091.637, mientras que Administrativo C registra un importe de $1.096.137.
Para el segmento Administrativo D el básico es de $1.109.648, Administrativo E sube a $1.120.904 y Administrativo F alcanza $1.137.415.
En estas posiciones administran tareas de gestión, organización y coordinación operativa, y los aumentos se aplican de forma idéntica en todas las provincias.
Los cajeros también integran la estructura de los empleados del sector mercantil y acceden en octubre de 2025 a sueldos básicos ajustados por el incremento definido en la mesa paritaria.
Cajero A cobra $1.090.882, Cajero B recibe $1.096.137 y Cajero C obtiene $1.102.893 de salario base.
Estos trabajadores cumplen funciones centrales en tiendas minoristas, hipermercados y cadenas de autoservicio, donde la actualización del básico busca equiparar los ingresos frente al incremento del costo de vida.
La grilla de aumentos continúa con los auxiliares, en categorías que engloban tanto tareas operativas como administrativas de respaldo.
Auxiliar A cobra $1.090.882, Auxiliar B $1.098.387 y Auxiliar C $1.123.155, en tanto las categorías de Auxiliar Especializado A y B fijan importes básicos de $1.099.891 y $1.113.399 respectivamente.
Las diferencias entre auxiliares y auxiliares especializados surgen del nivel de capacitación técnica, el tipo de función y la experiencia previa dentro de la empresa comercial.
El área de ventas se compone de cuatro categorías que absorben el mismo porcentaje de incremento vigente en la negociación sectorial. Vendedor A alcanzó $1.090.882, Vendedor B quedó en $1.120.904, Vendedor C en $1.131.297 y Vendedor D accede a $1.137.415 como básico en octubre.
Estos importes son la referencia de base, a los que se suman comisiones, incentivos extra o adicionales según convenio particular.
Al analizar el esquema de actualización salarial, sobresale la implementación de la suma fija mensual de $40.000, que complementa el ingreso de todos los trabajadores del sector sin distinguir entre escalafones, tipo de comercio o región. Esa suma ya se incluyó desde el mes de julio y mantiene su vigencia hasta diciembre, reforzando los haberes para equilibrar el impacto de la inflación en la canasta básica y el consumo cotidiano.
Cada mes, desde julio hasta diciembre de 2025, el acuerdo contempla un aumento del 1% y el pago de la suma fija. Este esquema distribuye las mejoras en los meses de julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre, permitiendo que el incremento salarial llegue de manera escalonada y acumulativa a todos los trabajadores alcanzados por el convenio.
En cada período, el empleador liquida en el recibo de sueldo el porcentaje sobre el básico correspondiente y el monto fijo, que se incorpora como concepto extraordinario.
El acuerdo salarial impacta en la totalidad del personal de comercio, incluyendo quienes ocupan funciones administrativas, operativas, técnicas, de atención directa al público, mantenimiento y venta.
El cálculo de los haberes contempla tanto la categoría como la antigüedad y los adicionales previstos por la normativa interna de la actividad.
La liquidación de los incrementos se desarrolla de manera uniforme en todo el país, ya que la grilla salarial tiene vigencia nacional y debe implementarse en supermercados, negocios de cercanía, tiendas mayoristas, distribuidoras y todos los establecimientos comerciales formalmente inscriptos en convenios de comercio.
En tanto, el acuerdo deja abierta la revisión para el año siguiente, según la evolución de la economía y el índice de precios.
El proceso de negociación que desembocó en este esquema salarial tuvo varios meses de debate entre el sindicato y las cámaras empresariales, quienes definieron la modalidad de aumento del 1% mensual sobre básicos y la suma fija como herramientas para compensar la suba constante de precios y resguardar el poder adquisitivo del personal mercantil.
En octubre de 2025, la nueva escala salarial regirá automáticamente para la totalidad de los empleados, sin necesidad de gestión adicional por parte de los trabajadores, ya que la normativa obliga a las empresas a aplicar los parámetros acordados en tiempo y forma.
Sólo en casos especiales, como particularidades en los ciclos de liquidación, puede haber modificaciones en la fecha de cobro de los incrementos.
La suma fija extraordinaria de $40.000 acompaña los básicos y actúa como compensación ante la volatilidad de los precios en el mercado interno argentino.
El sindicato subraya la importancia de este pago adicional para las familias que dependen de los ingresos que genera el trabajo mercantil. La asignación fija se mantendrá mientras siga vigente el convenio paritario.
El cierre del acuerdo incluyó la homologación por parte de las autoridades laborales y una cláusula que permite monitorear la evolución de la inflación para discutir nuevas rondas de aumentos o bonificaciones complementarias.
De manera paralela, comenzaron las gestiones para definir un eventual bono de fin de año, iniciativa que aún no determina monto ni fecha de pago y que dependerá de los consensos entre gremio y cámaras empresariales del sector. El sector comercial contiene numerosas ramas y categorías, lo que demanda una implementación precisa y coordinada de la actualización salarial.
Los recibos deben registrar el aumento del 1% sobre el básico y detallar la suma fija de forma visible y diferenciada de los demás conceptos de liquidación. El monitoreo de la aplicación del convenio está a cargo tanto del sindicato como de los organismos de control del trabajo.