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El Concejo aprobó regulaciones para las aps de transporte en auto y en moto

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Si bien algunos detalles se conocerán con la reglamentación, en líneas generales se estableció que las aplicaciones deberán abonar el TEM, serán responsables de informar la identidad y de verificar el cumplimiento de la documentación obligatoria por parte de los choferes, y deberán inscribirse en un registro municipal. En medio de la sesión, choferes de UBER Moto protestaron en las puertas del recinto para oponerse a la regulación. La ordenanza salió por unanimidad.

El Concejo Deliberante de San Miguel de Tucumán sancionó una ordenanza que establece un nuevo régimen integral para el sistema de taxis, simplificando y saneando el régimen anterior implementado en 2006, momento en el que se buscó poner fin a los remises. El debate del dictamen insumió cuatro horas y media, pero luego de varias idas y vueltas, se aprobó por unanimidad.

A partir de su publicación en el Boletín Oficial Municipal, el nuevo régimen pasará a denominarse Sistema Único de Transporte de Pasajeros en Automóvil (SUTRAPA) -se elimina el concepto de público- e incluirá tanto el servicio tradicional de taxis como el sistema de autos privados mediante aplicaciones.

La normativa fue trabajada durante meses en reuniones ampliadas de la comisión de Transporte de la que participaron concejales que impulsaban distintas propuestas de legalización de los sistemas de traslados por aplicaciones (Uber, Cabify, Didi, entre otros), que fueron incluidas en uno de los capítulos de la normativa sancionada.

En líneas generales, la regulación establece que las aps podrán operar en la ciudad a partir de un registro municipal en el que deben inscribirse. Al momento de completar dicha inscripción, las empresas que quieran brindar el servicio comenzarán a pagar el Tributo Económico Municipal (TEM). Esto último busca generar 2 efectos: por un lado, aumentar la recaudación y, al mismo tiempo, equiparar las condiciones de competencia.

Dos regímenes diferenciados

El servicio de taxis continuará operando casi sin modificacones, con las licencias otorgadas por la Municipalidad y sujeto a tarifa regulada, la cual define el Concejo Deliberante. En paralelo, se establece un Régimen de Transporte Privado de Pasajeros mediante Plataformas Digitales de Intermediación, que establece las reglas y principios bajo los cuales se desarrollará esta actividad, definida como privada pero de interés público.

"La decisión que se tomó no es sencilla, se definió modificar el sistema de transporte de pasajeros teniendo en cuenta el pedido de los vecinos. Los vecinos de la ciudad son los grandes usuarios de estas aplicaciones de intermediación y son la gran mayoria de trabajadores del volante a traves de este sistema privado de transporte. Nunca tenemos que dejar de ver que argentina esta en una situacion de crisis, muchos vecinos trabajan de manera particular para que el mes no se termine económicamente el 20. Esta realidad fue analizada por el Concejo, por la Intendencia, por los sectores que nuclean a los taxistas y nos llevó a peleas internas, discusiones, acalorados debates, proyectos de concejales, de particulares. Este proyecto de ordenanza, este dictamen, es uno de los mas trabajados y discutidos, con al menos 12 borradores en carpeta», expuso José María Franco, presidente de la Comisión de Transporte del Cuerpo Vecinal.

El parlamentario explicó que el nuevo sistema, que unifica el servicio público (taxis) y el privado (particulares con aps), fue decidido luego de varias semanas de discusiones acerca de cuál era la mejor regulación. En este sentido, sostuvo que "la existencia de las aplicaciones es una realidad que debemos acoger y no dejar que se desbande para no permitir que se repita lo que ocurrio con los remises en la ciudad". "Por eso definimos simplificar el régimen de transporte en sus dos modalidades, sosteniendo requisitos indispensables, simplificando el trámite para quienes son taxistas y garantizando el derecho a viajar bien a los usuario de aplicaciones. Buscamos que el sistema funcione bien para los vecinos de la ciudad", agregó.

En cuanto a las aplicaciones, también los taxistas podrán utilizarlas, siendo estos los únicos que además podrán recoger pasajeros en la vía pública. Esto queda debidamente reglamentado en varios artículos en los que se establece que el servicio privado sólo podrá iniciarse mediante una solicitud realizada por la aplicación, con lugar de inicio y destino previamente fijado.

Requisitos para las empresas

Para poder operar en la capital tucumana, las aplicaciones deberán inscribirse en el Registro Municipal de Plataformas Digitales para Transporte y acreditar razón social y representante legal ante el municipio. Además, deberán contar con sistema de geolocalización y trazabilidad, disponer de mecanismos de verificación de identidad de conductores y usuarios, y canales de atención y respuesta al usuario, y adecuar su funcionamiento a las normativas municipales vigentes, incluyendo las obligaciones tributarias municipales y la aceptación del régimen sancionatorio municipal.

Por otro lado, la ordenanza establece que deberán adoptar políticas de seguridad y protocolos de emergencia, que permitan a los usuarios contar con herramientas accesibles para tales fines. En este sentido, previo a cada viaje, las aps deberán exhibir al usuario los datos del conductor y del vehículo, además del costo final del viaje, y todo el recorrido deberá quedar registrado digitalmente. Las aplicaciones también estarán obligadas a bloquear preventivamente conductores, vehículos y/o usuarios ante requerimiento fundado de la Autoridad de Aplicación.

En cuanto a los conductores, será responsabilidad de las empresas informar, con la periodicidad que establezca la reglamentación y en formato digital estandarizado, el listado actualizado de choferes habilitados para operar dentro de cada aplicación. Dicha habilitación comprende, además de los requisitos de la ley nacional de tránsito y de las disposiciones municipales sobre licencias de conducir, que el chofer cuente con un seguro obligatorio con cobertura al pasajero, certificado de antecedentes penales actualizado y que no se encuentre incorporado al Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a delitos contra la integridad sexual. La verificación deberá mantenerse actualizada, siendo la plataforma la única responsable del cumplimiento de estas exigencias, bajo apercibimiento de sanciones.

En cuanto a los vehículos, se fijó para todos los casos (incluidos los taxis) que la antigüedad de los autos no pueden superar los 13 años.

Régimen de Motos

Los concejales sancionaron también por ordenanza un régimen que habilita el transporte por aplicaciones a bordo de motocicletas, destinado a establecer las condiciones de funcionamiento, seguridad, registro, fiscalización y operación de esta modalidad. Al igual que los automóviles, el traslado de pasajeros en motocicletas posee carácter de actividad privada de interés público con fines de lucro, y reproduce prácticamente las mismas reglas y principios que las normas nacionales, provinciales y municipales para la circulación en motocicletas, aunque con algunas especificidades. Entre las novedades, se fija que, además de la documentación habitual, los choferes deberán contar con un seguro de responsabilidad civil con cobertura al pasajero transportado. En tanto que la cilindrada permitida será establecida por la Municipalidad cuando realice la reglamentación.