En la víspera del cuarto paro general convocado por la Confederación General del Trabajo (CGT), el Gobierno intimó a los gremios de transporte La Fraternidad y a la Unión Tranviarios Automotor (UTA) a abstenerse de realizar medidas de fuerza, luego de que estos sindicatos anunciaran su adhesión a la huelga nacional.
La medida fue comunicada por el Ministerio de Capital Humano y busca evitar "toda medida de acción directa que tuvieran previsto implementar, en violación a las normas legales que rigen la Conciliación Laboral Obligatoria (CLO), estando dicha instancia en pleno trámite". "La adopción de cualquier medida de fuerza configuraría un incumplimiento de la conciliación laboral obligatoria oportunamente dispuesta y actualmente en vigencia", informó la cartera que conduce Sandra Pettovello, evidenciando la preocupación del Gobierno por el impacto que tendrá la huelga del transporte en el resto de las actividades.
Ocurre que ambos gremios se encuentran en conflicto por reclamos salariales con el sector empresario. En el caso de los ferroviarios, el Gobierno dictó la conciliación semanas atrás en favor de las empresas Operadora Ferroviaria S.A., Belgrano Cargas y Logistica S.A., Metrovias S.A. y Ferrovias S.A. Concesionaria. La medida comenzó a regir el 05 de febrero y vencerá el 20 de este mes.
En el caso de la UTA, el conflicto con las cámaras empresarias se estiró durante semanas hasta que el gremio advirtió con medidas de fuerza si la pata empresaria no presentaba una respuesta salarial acorde al contexto. Pero la oferta nunca llegó y la Secretaría de Trabajo dictó también la conciliación.
La CLO es una instancia contemplada en la Ley 24.635 para dirimir conflictos entre una empresa y sus trabajadores. El Ministerio de Trabajo de la Nación (rebajado por este Gobierno a Secretaría), ante este tipo de conflictos, tiene la potestad de impulsar esta acción para obligar a las partes a sentarse a negociar, siendo el Estado una suerte de mediador. El Gobierno puede actuar por pedido de cualquiera de las partes o de oficio.
Pero el dictado de la conciliación obligatoria trae aparejadas otras consecuencias. La ley dispone que una vez que se llega a la instancia de conciliación las partes no podrán “adoptar medidas de acción directa”. Esto quiere decir que se debe volver a la situación anterior al inicio del conflicto: a los trabajadores se los obliga a desistir de realizar medidas de fuerza, como paros, pero también se puede dar marcha atrás con decisiones empresariales como despidos o suspensiones que hayan dado inicio al conflicto, al menos mientras dure la instancia de conciliación.
Luego de ser notificadas, las partes están obligadas a cumplir con la conciliación obligatoria. Deben desistir de realizar las acciones que dieron inicio al conflicto y sentarse a negociar, de lo contrario, la ley prevé multas económicas para las partes que no acaten estas disposiciones.
¿De cuánto es la multa? Podemos tomar como referencia la sanción percibida por el Sindicato de Camioneros en 2017, ya que no suele ser tan frecuente que las partes no respeten la CLO. A fines de ese año, el gremio que lideraba por ese entonces Hugo Moyano, reclamó un bono navideño para sus trabajadores y se declaró en “estado de asamblea”. El Ministerio de Trabajo dictó la conciliación obligatoria, que no fue acatada por el gremio. Esto derivó en una multa de más de $ 800 millones al sindicato, equivalente a $ 4.430 por cada uno de los 182.797 afiliados al gremio.
¿Qué sucede con los paros nacionales de la CGT?
La intimación de Capital Humano genera dudas respecto a si es aplicable o no dado que los gremios no realizarán medidas en el marco de un conflicto paritario sino en el marco de una huelga general por motivo de la modificación de Ley de Contrato del Trabajo.
La ley que da origen a este instrumento detalla que la conciliación obligatoria se aplica en conflictos sectoriales, en los que el Ministerio de Trabajo actúa de mediador entre los gremios y las empresas. Por eso no sería aplicable a un paro general, que lo dicta una central obrera contra un gobierno. Como la medida del jueves es un paro general convocado por la CGT, no se justificaría el uso de la conciliación obligatoria en este caso.
Justamente, eso es lo que aclaró la UTA en el final de su comunicado, al asegurar que la adhesión al paro "no responde a intereses sectoriales ni coyunturales", sino "a la necesidad de expresar el reclamo de miles de trabajadores que ven deteriorarse día a día sus condiciones de vida".
Como los motivos de la huelga de este jueves son distintos al conflicto que derivó en la Conciliación, no debería aplicarse ninguna sanción a los gremios por decidir plegarse al paro. De todos modos, la amenaza del Gobierno anticipa una nueva puja judicial. Si el Ejecutivo decidiera aplicar sanciones, los dirigentes sindicales tendrán la opción de recurrir a la Justicia para que resuelva sobre la aplicabilidad o no de la CLO en huelgas generales.
