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Potencialmente mortal: Gendarmería admitió que pudo haber matado a Pablo Grillo

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La Fuerza Federal respondió un pedido de la jueza Servini y ratificó que el cartucho utilizado en esa manifestación no debe dispararse contra las personas porque puede tener consecuencias mortales. Por fuera de la querella, en la causa ya mencionan responsabilidades políticas por la represión.

“Jamás se debe dirigir el arma hacia una persona, ya que en caso de impacto podría producir lesiones graves e incluso la muerte”. Con esos términos, Gendarmería Nacional confirmó ante la Justicia una de las normas elementales de los protocolos represivos internacionales y cuya puesta en práctica por parte del gendarme Héctor Guerrero está en la mira de la investigación tras el ataque que dejó al fotógrafo Pablo Grillo al borde de la muerte.

Grillo, que permanece internado en terapia intensiva del Hospital Ramos Mejía, sufrió una grave lesión en su cabeza durante la manifestación de jubilados en el Congreso ocurrida a principios de marzo. El violento episodio, producido en el marco de la represión ordenada y controlada por el Ministerio de Seguridad a cargo de Patricia Bullrich, es investigado en la Justicia Federal por la jueza María Servini.

Fue la magistrada quien semanas atrás ordenó una batería de medidas para recopilar información en torno al accionar del cabo Héctor Guerrero, gendarme que efectuó el disparo de su pistola lanzagases cuyo proyectil dañó gravemente el cráneo de Grillo. De fondo, también aparece latente la responsabilidad política que habría detrás del episodio, que por lo bajo ya se animan a señalar fuentes ligadas al expediente y que están por fuera de la querella que representa a la familia Grillo.

Entre las medidas hubo pedidos de información a la Gendarmería Nacional y al Ministerio de Seguridad. En el paquete de requerimientos había uno orientado a que informen los detalles sobre los dispositivos de gas utilizados en ese operativo y quiénes los portaban. En esa línea, dos semanas después llegó la respuesta de la fuerza, que confirmó que los disparos de ese tipo de instrumentos no pueden dirigirse a las personas porque pueden tener consecuencias fatales.

El documento al que accedió Tiempo lleva el título “Pistola lanzagases Federal y Halcón”, y contiene una detallada explicación acerca de los componentes de ese tipo de armas, sus características generales y una explicación acerca de cómo deben ser operadas. En sus partes más sustanciales, el documento señala que puede haber dos tipos de cartuchos: de corto y de largo alcance.

Sobre este último hay una consideración en la que el informe los cataloga como “extremadamente peligrosos al impacto directo”. Seguidamente, agrega que debido a eso “no son convenientes usarlos (sic) para dispersar tumultos o manifestaciones”. También que son aptos para perforar maderas, vidrios y otros materiales de no muy grueso espesor y que “ante la alternativa de tener que usarlos por no tener otra munición, siempre debe dispararse contra el suelo en forma oblicua o contra una pared a fin de evitar impactos directos”.

El punto toma mayor relevancia al tener en cuenta que, según dijeron fuentes con acceso al expediente, ese fue el tipo de cartucho que le provocó la herida de gravedad al fotógrafo. De igual modo, si se hubiera usado el cartucho de corto alcance, el documento advierte que “la peligrosidad también existe, no ya por la potencia del disparo sino por el excesivo calor que genera la combustión de la carga disparada, la velocidad que esta lleva y las partículas incendiadas que se desprenden, capaces de ocasionar quemaduras de gravedad”.

Mientras tanto, en las consideraciones generales de la presentación, la Gendarmería confirmó que “jamás se debe dirigir el arma hacia una persona, ya que en caso de impacto podría producir lesiones graves o incluso la muerte”. Menciona también que como alternativa “resulta conveniente tener presente que los disparos deben ejecutarse en forma oblicua, hacia el suelo, para amortiguar la fuerza y (…) obtener un desplazamiento adecuado del cartucho”.

A esta altura, la jueza tiene en su despacho un expediente con al menos dos puntos clave sobre los que profundizar: por un lado, la responsabilidad de Guerrero y si este efectuó el disparo de manera correcta -algo rechazado por la querella- y, por otra parte, la cadena de responsabilidades políticas, desde el superior directo de Guerrero hasta Bullrich.

Más allá de las definiciones concretas, la Gendarmería también remitió a Comodoro Py el legajo del cabo Guerrero y confirmó que solo él y una efectivo mujer fueron quienes portaron pistola lanzagases el día del operativo que dejó a Grillo en estado crítico.

Por otro lado, la fuerza remitió a la Justicia un documento de 77 páginas con el protocolo de actuación de la fuerza en caso de manifestaciones. En las primeras hojas incluye un glosario con un tono, de mínima, estigmatizante. De movida define como “adversario” a todo aquel “ciudadano que a través de su accionar altera el orden público, ya sea en forma pacífica u hostil”.

Pero también hay una revelación llamativa que confirma cómo esa fuerza opera con los medios de comunicación durante las manifestaciones. El detalle aparece en el punto 1.028 bajo el título “acción psicológica”, y establece que antes del arribo de la fuerza al lugar, “los jefes de Regiones, agrupaciones o escuadrones, deberían tomar contacto con los medios masivos de comunicación, dando amplia difusión a la inminente presencia de la Gendarmería nacional, resaltando sus capacidades”. Eso, de acuerdo al acápite, “contribuiría a que los indecisos, curiosos, menores, etc. desistan de concurrir a los lugares de concentración”. /Fuente: Tiempo Argentino